El Servicio de Administración Tributaria (SAT), ofrece un Sistema Integral de Comprobantes Fiscales (SICOFI) a través del cual se da servicios para el esquema de comprobación fiscal en papel con código de barras (CBB) y para el esquema de comprobantes fiscales digitales (CFD).
A través de SAT SICOFI se ofrece a contribuyentes, impresores autorizados y ciudadanos en general, los servicios relacionados con la impresión de comprobantes fiscales:
Aprobación de folios y series: El impresor autorizado debe cumplir con esto, antes de imprimir comprobantes fiscales a sus clientes
Verificación de Comprobantes: Verificar si el comprobante que recibió fue aprobado y registrado por el SAT
Verificación de la Situación Fiscal del Contribuyente: Indicar si se le permitirá la impresión de comprobantes
Denuncias: Marca el procedimiento y los medios para la presentación de denuncias relacionadas
Estamos ya dentro del mes de las declaraciones SAT, y por ello no vamos a dejar pasar la oportunidad para explicar acerca de las declaraciones anuales, dado que son mucho más importantes que las mensuales.
Como cada año, las personas físicas como las morales estén obligadas a presentar una declaración anual donde reporten sus ingresos y gastos de todo un ejercicio fiscal por medio de una declaración anual.
Durante el mes de abril, será el momento justo para que el SAT requiera de nuestra declaracion anual. Si nos encontramos obligados a realizar nuestra presentación correspondiente, recordemos que debemos utilizar el programa DeclaraSAT.
Estén atentos, más que nada aquellaspersonas físicasque generaron ingresos por los siguientes conceptos:
Prestación de servicios profesionales
Renta bienes inmuebles
Actividades empresariales
Enajenar bienes
Adquirir bienes
Penas convencionales
Préstamos, premios y donativos, que en lo individual o en su conjunto excedan de $1′000,000.00.
Herencias o legados y por enajenación de casa habitación, si la suma de los ingresos totales, contenidos en la declaración, es mayor a $500,000.00.
Percibir salarios bajo ciertas condiciones especiales
Intereses en condiciones especiales
Deudas condonadas por el acreedor o pagadas por otra persona
En el año hay varias declaraciones mensuales que debemos hacer frente al SAT, pero una más importante que es la declaración anual. Ahora, si nos referimos al pago de impuestos, debemos tener en cuenta que se requiere un ingreso superior a 400,000 pesos, si dejó de prestar servicios antes del 31 de diciembre del 2011 o, bien, desea realizar deducciones personales, deberá obligatoriamente presentar la declaración anual de impuestos. Estos estarán obligados a declarar el ISR 2011.
Asimismo, aquellos asalariados con ingresos menores a 400 mil pesos pueden optar por presentar la declaración por su cuenta y así aplicar las deducciones o estímulos como el de colegiaturas. Para ello deben informar, previamente y por escrito, a su patrón de esta circunstancia a más tardar el 31 de diciembre de 2011. Vea aquí un modelo de informe.
Lógicamente, esta presentación no es necesaria que se realice como tradicionalmente se hacía, ya que mientras no exista una situación fuera de lo normal para el contribuyente, podrá hacer su declaración vía Internet.
Recordamos que, por su parte, las personas físicas deberán presentar la declaración anual durante abril de cada año, sólo si generaron ingresos por los siguientes conceptos:
Prestación de servicios profesionales
Renta bienes inmuebles
Actividades empresariales
Enajenar bienes
Adquirir bienes
Penas convencionales
Préstamos, premios y donativos, que en lo individual o en su conjunto excedan de $1′000,000.00.
Herencias o legados y por enajenación de casa habitación, si la suma de los ingresos totales, contenidos en la declaración, es mayor a $500,000.00.
Percibir salarios bajo ciertas condiciones especiales
Intereses en condiciones especiales
Deudas condonadas por el acreedor o pagadas por otra persona
Inversiones en el extranjero
Intereses moratorios
Por el otro lado, las personas morales con fines de lucro tendrán que presentar la declaración anual por internet durante el periodo de enero a marzo del siguiente año a declarar.
A continuación, un simple tutorial para poder presentar la declaración anual por internet.
Personas Físicas: Procedimiento para presentar la declaración por Internet
Si la declaración resultó en cero o con saldo a favor, aquí termina el procedimiento
Si resultó impuesto a cargo, ingrese al portal de un banco para realizar pago de impuestos por transmisión electrónica de fondos; llene el formato electrónico
Efectuado el pago, el banco le enviará un recibo para que compruebe que realizó dicho pago
Personas morales: Procedimiento para presentar la declaración anual
Descargar e instalar el Programa DEM (2007)
Capturar su información de acuerdo a los anexos que le correspondan
Generar el archivo para el envío de la información
Ingresar a la aplicación de envío de la declaración anual
Enviar archivo de la declaración
SAT remite acuse de recibo con sello digital
Si no le resultó impuesto a cargo u obtuvo saldo a favor aquí termina el procedimiento
Si tiene impuesto a pagar, haga el pago vía Internet ingresando al portal de su banco autorizado en el que debe tener una cuenta con acceso a banca en línea para realizar la transferecia de fondos.
Queda poco tiempo para declarar el impuesto sobre renta o ISR, uno de los impuestos federales más importantes que afecta el bolsillo de los mexicanos. Tal como se menciona en el texto de la Ley de Impuesto sobre Renta se produjo un incremento del ISR para 2010 alcanzando el 30%, tasa que estará vigente durante 2011, e ISR 2012, con esperanza de que baje en 2013.
En el caso de la declaración anual 2012, las personas físicas residentes en el país que se encuentren alcanzados por este gravamen, podrán, para calcular su impuesto anual realizar las deducciones autorizadas en la ley, pero también podrán añadir las deducciones personales.
A pocos días de la presentación de las declaraciones anuales 2012, muchos nos preguntamos si existe otro régimen donde no se deba realizar el cálculo de impuestos. A todos los que se hagan la misma pregunta, les vamos a decir que sí existe tal régimen pero serán requeridos algunas condiciones para poder unirse. Como muchos saben, se trata del Régimen para Pequeños Contribuyentes, también conocido como Repecos.
Es un mejorado sistema de pago de impuestos sólo para aquellas personas físicas que poseen volúmenes de operaciones pequeñas.