Deducción de Automóviles en 2020

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A partir de la reforma hacendaria aprobada desde el año 2016, entró en vigencia una Nueva Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR). Si bien ya estuvimos viendo de lleno los cambios en artículos especializados, hoy es momento de tocar un punto clave de la reforma de la Ley del ISR, como lo es la deducción de automóviles de este gravamen.

En este sentido, sabemos que la deducción de automóviles entra dentro de la categoría de deducciones de activos , y es claramente uno de los puntos más importantes en una empresa, porque es un beneficio para la inversión y fomenta la colocación de dinero en el país y la reinversión de flujos de efectivo.

¿Cuál será la deducción de compra de automóviles en 2020?

Se ha determinado aumentar la deducibilidad de los vehículos a 175,000 pesos para 2020.

Esto aplicaría tanto a personas físicas como morales. De esta manera, se volvería a la deducibilidad que existía anteriormente.

Por su parte, es fundamental saber que el SAT informó que no proceden las deducciones en la declaración anual 2018 por la adquisición de automóviles cuando no se sean estrictamente indispensables para cumplir con el propósito de las actividades.

Así será entonces el artículo 36, que corresponde a este tópico en la Ley del Impuesto sobre la Renta:

Artículo 36 LISR. La deducción de las inversiones se sujetará a las reglas siguientes:

(…)

II. Las inversiones en automóviles sólo serán deducibles hasta por un monto de $175,000.00. Tratándose de inversiones realizadas en automóviles cuya propulsión sea a través de baterías eléctricas recargables, así como los automóviles eléctricos que además cuenten con motor de combustión interna o con motor accionado por hidrógeno, sólo serán deducibles hasta por un monto de $250,000.00.

Lo dispuesto en esta fracción no será aplicable tratándose de contribuyentes cuya actividad consista en el otorgamiento del uso o goce temporal de automóviles, siempre y cuando los destinen exclusivamente a dicha actividad.

(…)

Asimismo, lo invitamos a ver que las inversiones en la compra de una pick up eran totalmente deducibles por causas justas a la ley.

Entonces, para cerrar el círculo, sabemos que es deducible la inversión en automóviles siempre y cuando no supere el tope determinado en el párrafo anterior.

Pero a la vez, si la compra no se trata de un automóvil, es decir, vehículo destinado al transporte de personas con ciertas características, es deducible en su totalidad, donde podemos mencionar aquí a pick up, camionetas, utilitarios, camiones y otros similares.

Propuesta para vehículos eléctricos

Tratándose de inversiones realizadas en automóviles cuya propulsión sea a través de baterías eléctricas recargables, así como los automóviles eléctricos que además cuenten con motor de combustión interna o con motor accionado por hidrógeno, sólo serán deducibles hasta por un monto de $250,000.00.

¿Qué se considera automóvil?

A partir de la publicación del Reglamento de la LISR vemos que se considera automóvil al vehículo terrestre para el transporte de hasta 10 pasajeros, incluido el conductor.

No se consideran como automóvil las motocicletas, ya sean de dos a cuatro ruedas.

¿Por qué existe esta limitación?

La cuestión es simple, se pone un tope para evitar abusos. Es decir, no existe desde que se creó la ley, sino que la limitación aparece posteriormente.

Lo que sucedía era que los jerárquicos de la compañía compraban un automóvil particular y lo hacían pasar como si fuese de la empresa. Entonces, en términos fiscales y en realidad, terminaban deduciendo el valor total de su vehículo con los impuestos de la compañía, por lo que ahorraban un buen porcentaje de su compra.

Esta operatoria es claramente un acto de evasión fiscal, por lo cual, era necesaria su limitación. Pero bien, al limitar en forma general, se produce una injusticia. ¿Si realmente la empresa compra autos para su flota de comerciantes? ¿Por qué en este caso no puede deducir más del tope?

Pues bien, las leyes generalistas nunca son del todo amigables para el 100% de las personas y empresas, y es lo que tenemos actualmente.

¿Y si alquilo un automóvil?

La ley aquí es también cerrada, dado que los pagos por arrendamiento de automóvil únicamente son deducibles hasta por un monto máximo de $200 ($285.00 para vehículos eléctricos) pesos diarios, siempre que los mismos sean estrictamente indispensables para la realización de la actividad y que el valor del vehículo no sea superior a $175,000.

¿Cambia el tope si es auto nuevo o usado?

Es importante indicar que todas las inversiones en automóviles están topadas, dado que la ley no hace distinción entre si son nuevos o usados.

Entonces, vemos que tanto los autos nuevos como los usados son deducibles.

Dado que todas las deducciones autorizadas deben cumplir todos los requisitos establecidos en otras disposiciones fiscales y estas operaciones tendrán que estar amparadas con comprobantes que reúnan los requisitos fiscales. A consecuencia, no será deducible un automóvil si lo compramos a un particular porque esta persona no lleva a cabo actividades empresariales y en ningún caso te podría emitir una factura.

Sin embargo, sabemos que hay opciones para emitir factura siempre. En el caso de tener la factura del vehículo que está a nuestro nombre y con los datos fiscales pertinentes, podemos deducir su compra en la declaración parcial de impuestos del mes en que lo hayamos adquirido.

Lo mismo ocurre con los usados, si tenemos la factura podremos deducirlo, sino, será un mero gasto.

Ejemplo de deducción de automóviles

Veamos entonces un ejemplo de cómo será la Deducción de Automóviles para 2020:

  • Precio del automóvil (sin IVA) 175,000.00
  • Monto del seguro (sin IVA) 10,000.00
  • Costo del mantenimiento (sin IVA) 1,000.00

Entonces en el año 2015 estábamos pagando:

  • Monto deducible del coche: 130,000.00
  • IVA acreditable del coche: 20,800.00
  • Monto deducible del seguro: 7,428.57
  • IVA acreditable del seguro: 1,188.57
  • Monto deducible del mantenimiento: 742.86
  • IVA acreditable del mantenimiento: 118.86

En 2020 se pagaría:

  • Monto deducible del coche: 175,000.00
  • IVA acreditable del coche: 28,000.00
  • Monto deducible del seguro: 10,000.00
  • IVA acreditable del seguro: 1,600.00
  • Monto deducible del mantenimiento: 1,000.00
  • IVA acreditable del mantenimiento: 160.00

Calculadora de Deducciones de Automóviles

¿Cómo deducen sus automóviles los RIF?

Este tema lo hemos tratado en profundidad en este artículo, pero vemos que hay una laguna legal que parece hacer que los RIF puedan deducir el 100% de sus inversiones en automóviles, más allá del tope de 175000 pesos.

Esto ocurre porque la Ley de ISR no contempla este tope a la deducción en el capítulo correspondiente al régimen de incorporación fiscal.

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