Tras varios meses de espera y demoras por parte del SAT, ahora conocemos y podemos utilizar la aplicación para la presentación de las Declaraciones Bimestrales del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF).
Por medio de un comunicado en su sitio web, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha anunciado a todos los contribuyentes que la nueva aplicación para declaraciones de contribuyentes del RIF se encuentra dentro de “Mis Cuentas”.
Es importante saber que aquellos que pertenecían a los Regímenes de Actividad Empresarial e Intermedio que optaron por cambiarse al RIF, para presentar sus declaraciones bimestrales podrán emplear el servicio de Declaraciones y Pagos (Pago referenciado), utilizando su RFC y contraseña.
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¿Cuándo deberán presentar la declaración los RIF?
Tras idas y vueltas, el SAT había dado una nueva prórroga para las declaraciones bimestrales correspondientes al segundo y tercer bimestre del año pasado, pero ahora ya el calendario es fijo.
Calendario de Declaración Bimestral 2018
Bimestre 2018 | Según Ley | Según Miscelánea |
---|---|---|
Noviembre-Diciembre 2017 | 17 de enero 2018 | 31 de enero 2018 |
Enero-Febrero 2018 | 17 de marzo 2018 | 31 de marzo 2018 |
Marzo-Abril 2018 | 17 de mayo 2018 | 31 de mayo 2018 |
Mayo-Junio 2018 | 17 de julio 2018 | 31 de julio 2018 |
Julio-Agosto 2018 | 18 de septiembre 2018 | 29 de septiembre 2018 |
Septiembre-Octubre 2018 | 17 de noviembre 2018 | 30 de noviembre 2018 |
Noviembre-Diciembre 2018 | 17 de enero 2019 | 31 de enero 2019 |
Tenga presente que los días que no coinciden con el 17 de cada mes o con el último día del mes, es porque dicho día es inhábil y se pasa al siguiente.
Pasos para Presentar la Declaración Bimestral de RIF
¿Dónde y cómo usar la aplicación?
La aplicación para presentar las declaraciones bimestrales de RIF ya se encuentra disponible en este enlace. Su uso es simple como el simulador, pero de todas formas veremos a continuación un video y la explicación correspondiente.
Recuerde que al finalizar la captura y el envío de la información se entregará el acuse de recibo electrónico de la información recibida, el cual deberá contener, el número de operación, fecha de presentación y el sello digital generado.
En caso de tener una cantidad a pagar, se emitirá el Formato para Pago de Contribuciones Federales, que contendrá el importe total a pagar y la línea de captura a través de la cual se efectuará el pago, así como la fecha de vigencia de la línea de captura.
A tener presente que los contribuyentes del RIF, han cumplido con la obligación de presentar las declaraciones bimestrales definitivas de impuestos federales, en los términos de las disposiciones fiscales, cuando hayan presentado la información por los impuestos declarados a través de los medios señalados en esta regla, y hayan efectuado el pago en los casos en que exista cantidad a pagar por cualquiera de los impuestos señalados.
Cuando no exista cantidad a pagar, se considera cumplida la obligación con el envío de la información correspondiente.
Guía sobre cómo presentar la Declaración Bimestral
El paso a paso de cómo cargar su declaración bimestral podrá leerlo a continuación.
En primer lugar, es fundamental ir a la sección “Mi información” y seleccionar “Perfil”. Allí debemos seleccionar los impuestos que vamos a declarar.
Con el punto anterior cumplido, tendremos que ver los datos sobre el régimen de incorporación fiscal y el RFC del contribuyente, el ejercicio y la periodicidad.
Recuerda siempre seleccionar la u en el caso de tener empleados con nómina.
En el caso de vender bienes o prestar servicios que causen IVA a una tasa de 16% o 0%, si tus actividades son mixtas, debemos elegir la casilla “mixta (con tasa y exentos)”, o bien seleccionar no causan, si no estamos obligados.
Acto seguido debemos indicar si vendemos alguno o algunos de los productos siguiente:
- Botanas
- Confiteria
- Chocolate y otro derivados de cacao
- Flanes y pudines
- Bolsas de frutas y hortalizas
- Cremas de cacahuate y avellanas
- Dulces de leche
- Alimentos preparados a base de cereales
- Helados, nieves y paletas de hielo
- Plaguicidas
Tras seleccionado esto o no, damos clic en guardar. El sistema indicará que la información fue guardada correctamente.
Después de haber ingresado nuestros datos a la sección de Perfil, vamos al menú principal, e ingresamos a “Mis declaraciones” – Incorporación fiscal.
Allí seleccionamos el ejercicio y el periodo de la declaración. Dar clic en Declarar.
Dentro veremos que aparecerán los campos que deben capturarse de la declaración bimestral, que corresponden a los Impuestos Sobre la Renta y al Valor Agregado.
Comenzaremos a cargar los campos de la declaración del impuesto sobre la renta de igual manera. No olvidemos elegir el campo “Porcentaje de reducción” la opción “100%”
Acto seguido debemos hacer clic en “Calcular” y seleccionar la opción “Estoy de acuerdo y acepto el importe del ISR a pagar”. Recuerde que puede calcular su ISR con nuestra aplicación debajo:
Para efectos de este ejemplo, los ingresos se obtuvieron por ventas al público en general y por ventas facturas a clientes a una tasa de 16%.
Si desea calcular la proporción del IVA a acreditar, use la siguiente aplicación:
Lo mismo ocurre para IEPS.
Una vez concluida la captura de la información. Da clic en el botón presentar.
Se muestra un mensaje de confirmación, da clic en “SI” para que se registren los impuestos en los que hayas aceptado su determinación. La aplicación muestra el acuse de recibo “Da clic en la opción guardar o imprimir”
¿Qué sucede si no tuve ingresos?
En el caso de no haber tenido ventas en todo el período, debemos seleccionar “No realicé actividades en el período a declarar”.
¿Cómo reimprimir el acuse de recibo?
Hemos tenido varias consultas con preocupación acerca de la no posibilidad de impresión del acuse de recibo cuando finalizan la carga de los datos y presentación de la declaración, y el sistema bloquea las ventanas emergentes.
Para poder reimprimir el acuse de recibo de la declaración bimestral, deberán ingresar nuevamente como si fueras a presentar la declaración y aparecerán todos los datos presentados y la opción para reimprimir el acuse.
¿Cómo presentar declaraciones bimestrales complementarias?
En el caso de los RIF, la presentación de complementarias no está habilitada, pero pueden hacerlo efectuando una nueva declaración bimestral que pisará a la anterior reemplazándola.
¿Cómo presentar las declaraciones del RIF de ejercicios anteriores?
Al iniciar dentro de la aplicación “Declaraciones y Pagos” veremos el mensaje que dirá:
¿Desea presentar su declaración del Régimen de Incorporación Fiscal?
Si elegimos la opción de “Aceptar” ingresaremos al sistema de pagos Bimestrales del Régimen de Incorporación Fiscal, pero si hacemos clic en “Cancelar” aparecerá la sección para presentar declaraciones de ejercicios previos.
¿Alguna Consulta? Con gusto te ayudaremos...