En el día de hoy la Cámara de Senadores han aprobado con modificaciones la reforma fiscal 2014. En este sentido, es importante ver cuáles han sido los cambios que los Senadores han efectuado sobre el texto enviado por Diputados.
En este sentido, debajo veremos impuesto por impuesto y sus modificaciones considerados por Senadores:
Sobre el Impuesto al Valor Agregado (IVA)
¿Qué se mantiene?
- Estarán alcanzadas las importaciones temporales por la industria maquiladora sin certificación
- Los cambios sobre transporte foráneo no han sido modificados
- Así tampoco lo relativo a la donaciones de bienes
- Alimento procesado para mascotas, así como de las mismas mascotas gravados al 16%
- Chicles y gomas de mascar, aplica igual que el punto anterior
- Homologación de la tasa general del IVA de 16% para la zona fronteriza.
¿Qué se modifica?
- Eliminación del gravamen sobre el arrendamiento de casa-habitación
- Eliminación del gravamen sobre los intereses por créditos hipotecarios para adquisición, reparación o construcción de casa-habitación
- Eliminación del gravamen sobre la enajenación de inmuebles destinados a casa-habitación
- Eliminación del gravamen sobre la prestación de servicios educativos (colegiaturas) y los espectáculos públicos.
Acerca del Impuesto Sobre la Renta (ISR)
¿Qué se mantiene?
- No se ha modificado el gravamen de 10% a las ganancias generadas en la Bolsa Mexicana de Valores
- La propuesta de eliminar a los Repecos
- Cambia el Régimen de Consolidación Fiscal por uno de Integración.
- Tope a la deducción a la compra de automóviles, baja de 170,000 a 130,000 pesos.
¿Qué se modifica?
- Se produce un cambio a través de la incorporación fiscal donde indica que contempla contribuyentes con ingresos en el ejercicio inmediato anterior sea hasta 2’000,000 de pesos (la propuesta original era de 1’000,000)
- Tributarán a una tasa de 30% las personas físicas con ingresos hasta 500,000 pesos, del 32% a los ingresos superiores a 750,000 pesos, del 34% quienes ganen más de 1’000,000 de pesos anuales, y una tasa máxima de 35% a los que perciban ingresos superiores a 3’000,000 de pesos
- Modifica la exención impositiva a casa-habitación hasta montos de 700,000 Udis.
- La deducción de los vales de despensa sólo es válida cuando se otorguen a través de monederos electrónicos autorizados por el SAT
- Establece de 41 a 50% a las remuneraciones exentas otorgadas al trabajador.
Cambios al Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS)
¿Qué se ha mantenido sin cambios?
- Se aplicará entonces 1 peso de gravamen por cada litro a las bebidas saborizadas que contengan cualquier tipo de azúcares añadidas
- En cuanto a lo que respecta a combustibles fósiles se mantiene como la iniciativa inicial, a excepción de la enajenación de petróleo crudo y el gas natural.
- Se grava con impuesto verde a la enajenación e importación de gasolinas y plaguicidas.
¿Qué cuestiones se modifican?
- Tasa de 8% a la enajenación e importación de alimentos no básicos con alta densidad calórica
- Impuesto a los bienes internados bajo regímenes aduaneros de importación temporal
- Se exenta a los tabacos labrados, hechos enteramente a mano.
Sobre la Ley Federal de Derechos
Lo que se mantiene de la propuesta original
- El SAT será el encargado de fiscalizar los derechos de 7.5% sobre flujo operativo en las empresas mineras. A tener presente que del total recaudado, el 50% será enviado a los municipios mineros.
¿Cambios?
- Presenta el régimen fiscal respecto del uso, goce, aprovechamiento o explotación del espectro radioeléctrico para la banda de frecuencia de 410MHz a 430MHz.
- Derecho por el estudio de trámite de centros cambiarios, transmisores de dinero y sociedades financieras no reguladas para obtener registro ante la CNBV.
En relación al IETU E IDE
- Se deroga la Ley del IETU e IDE