ISR enajenación de inmuebles
Publicado por Nicolas Rombiola - 20/03/2010 a las 03:19:20
Para aquellas personas que hayan comprado una casa como inversión y desean venderla, debe tener en claro que se lo imputará con un 30% de Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Este año entran en vigencia nuevas modificaciones sobre el artículo 109 de la Ley del ISR. En este se establece que para presentarse como exento del pago de este impuesto va a ser necesario demostrar fehacientemente que ha habitado en la vivienda por un tiempo no menor a 5 años. Asimismo, deberá probar que su valor no exceda 1.500.000 unidades de inversión (Udis). Lo cual equivale a 6,6 millones de pesos.
Por ende, si el propietario no habitara durante ese lapso o más, se deberá aplicar el tope de 1.5 millones de Udis para el cálculo del impuesto.
Cabe recordar que, hasta hace poco tiempo atrás (antes de las modificaciones) era necesario demostrar su residencia en el lugar durante dos años. No obstante, Hacienda quiere gravar correctamente y de manera precisa a los que negocian con este rubro.
Por otro lado es importante mencionar que, para demostrar que vivió en el inmueble deberá presentar documentos como el predial, el recibo de luz, estados de cuenta bancarios o con la credencial de elector.
Siempre pagamos demás, y esta no es la excepción. Para calcular el impuesto a pagar, se tomarán en cuenta los gastos de impuestos pagados, los derechos de registro, valuación y escrituración. Esto, y a continuación, se le restará a la utilidad generada y, del monto obtenido se calcula el porcentaje correspondiente al ISR.
Asimismo, la ganancia obtenida se podrá dividir entre los años transcurridos desde la adquisición hasta la venta siempre y cuando no superen los 20.
Del otro lado del banquillo, el comprador se hará cargo de honorarios del notario, derechos de registro o escrituración y del Impuesto sobre Adquisición de Bienes Inmuebles.
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7 Comentarios »
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[...] de la ley del ISR se contempla la deducción de servicio funerario cuando los servicios fueron utilizados por algún [...]
Pingback por Deducir gastos funerarios — abril 20, 2010 #
como puedo recuperar mis aportaciones del impuesto sobre productos del trabajo, segun las cotizaciones o aportaciones que e tenido durante mis trabajos? o si estoy incorrecto me podran guiar, mil gracias
Comentario por victor hugo tapia moreno — diciembre 13, 2010 #
Que tal me llama la atencion el articulo y quiero exponerle lo siguiente yo adquiri un predio por una garantia de 250,000.00 solo que el avaluo fue de 1,000,000.00 por lo que se tuvo que pagar ISR por adquicicion del 20% sobre la diferencia es decir 150,000.00 ahora que lo quiero vender en 1,200,000.00 resulta que como adquiri a 250,000.00 tengo una base muy alta para pagar ISR por adquisicion la pregunta es si pague ISR por adquisicion no devere tomar como costo de adquicicion el del avaluo 1,000,000.00
Comentario por Aldo Tovar — julio 14, 2011 #
UNA PREGUNTA TENGO UNA CLIENTE QUE QUIERE ESCRITURAR EN MEXICO DF BIEN INMUEBLE CASA HABITACION EN COL NAPOLES, EL COSTO DE AVALUO PREDIAL DE LA CASA ES DE 1,200,000.00 Y EL DE LA COMPRAVENTA ES IGUAL POR 1,200,000.00, SUS DOS HIJOS LE VENDIERON LA CASA SUS DOS HIJOS HAN VIVIDO POR MA DE 5 AÑOS AHI. CUANTO APROX SE GASTARIA DE IMPUESTOS Y COSTOS POR ESCRITURAR APROXIMADAMENTE
SALUDOS
Comentario por alfredo gonzalez — agosto 30, 2011 #
a las personas morales se les retiene el isr por enajenacion cuandono compruebe que tributa en el titulo II?
Comentario por Angeles Almaguer — septiembre 1, 2011 #
tremite un juicio para escriturar un terreno medinate jurisdicción voluntaria, el Notario me cobra el ISR, cunado el valor catastral es de $50.000. debo pagar el impuesto; em tula hidalgo
vendi una propiedad urbana en pachuca , hidalgo en este mes de marzo el valor catastral es de $300.000 pesos , tengo que pagar EL ISR,,los recibos de luz son de cuatro años 8 meses , puedo deducir EL ISR .
Comentario por YARELY — octubre 4, 2011 #
POR MEDIO DE UN CREDITO DE FOVISSSTE VOY A COMPRAR UNA CASA QUE ME ME VENDE EL PADRE DE MIS HIJOS LA CASA ESTA VALUADA EN $721,000 Y ME LA VA A VENDER EN LO QUE ME DA FOVISSSTE QUE SON $350,000
CUANTO TENDRÉ QUE PAGAR DE IMPUESTOS, LOS GASTOS DE ESCRITURACIÓN POR SER FOVISSSTE SERÍAN DE $24,000 ME CONVIENE HACER ESTO O ESCRITURAS POR EL VALOR MAS ALTO Y QUÉ IMPUESTOS PAGARÉ EN CADA CASO?
Comentario por ana gabriela — octubre 18, 2011 #