¿Vuelven los Repecos?

repecos

Otra vez aparecen propuestas de Organizaciones de comerciantes y pequeñas y medianas empresas (Pymes) que buscarán restituir el Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repecos).

Sin embargo, desde la Coordinadora Nacional para la Defensa de la Economía Social (Condes) afirman que el Repeco “no va a regresar” y que continuará el nuevo Régimen de Incorporación Fiscal (RIF).

Ahora, el día 8 de Septiembre de 2015 fue publicado en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados la iniciativa con proyecto de Decreto propuesta por el Diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar.

Dicha iniciativa propone a los contribuyentes elijan si desean regresar al Régimen de Pequeños Contribuyentes o permanecer en el Régimen de Incorporación Fiscal.

En este sentido, podrán elegir ser contribuyente del Régimen de Pequeños Contribuyentes pero deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • Sus ingresos por actividad empresarial en el ejercicio inmediato anterior no superen los dos millones de pesos.
  • Sus operaciones sean únicamente con el público en general.
  • Se permite que adicionalmente a estos ingresos, puedan obtener ingresos por salarios, asimilados a salarios o intereses.

Obligaciones que tendrían los Repecos:

  • Presentar aviso a los 30 días de que inicien operaciones y en caso de los contribuyentes que hoy son RIF presenten aviso a más tardar el 31 de marzo de 2016.
  • Presentar declaración anual de ingresos a más tardar el 28 de febrero del ejercicio inmediato siguiente.

A destacar que, en el caso de tener máquina registradora de comprobación fiscal no estará obligado a presentar dicha declaración.

La mecánica para determinar su impuesto a cargo será:

  • Ingresos totales (-) 4 veces el SMGAC (=) Base (x) 2% (=) ISR a cargo

Otros puntos a tener en cuenta de las obligaciones de los Repecos serían:

  • Llevar un registro de ingresos diarios, el cual podrá ser manual o electrónico.
  • No estarán obligados a emitir comprobantes fiscales digitales. Solo emitirán notas de ventas.
  • Presentar declaraciones de impuestos bimestrales ante las Entidades Federativas que tengan Convenios de Coordinación de Administración de dicho impuesto.
  • Se presentara a más tardar el 31 de marzo del ejercicio siguiente una declaración anual con aquellos proveedores con quienes hayan tenido operaciones superiores a 50,000 mil pesos.
  • Contribuyentes con ingresos anuales menores a 100,000 pesos y únicamente realicen operaciones con el público en general, solo estarán obligados a registrarse y tendrán los beneficios por ser un RIF, es decir, no realizar pago alguno de impuestos.
  • Si fuiste un RIF que nunca expidió un comprobante fiscal digital a un cliente específico el SAT en automático te cambiara al nuevo régimen REPECO.

Anteriormente…

Los comerciantes en pequeño no piden facilidades para afiliarse al RIF, como el reciente anuncio hecho por la Secretaría de Hacienda para extender los descuentos fiscales de 100% en el pago de impuestos a lo largo de 2015.

El presidente nacional de la Asociación Latinoamericana de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Alampyme), Alejandro Salcedo Pacheco, pidió que la Cámara de Diputados retome ocho iniciativas que buscan reformar la Ley del ISR en relación al RIF.

En días pasados, el jefe del SAT aseguró que el Repeco no va a regresar, por lo que se debe de fortalecer la labor de convencimiento sobre los beneficios de la formalidad y del RIF.

En ese sentido, explicó que el RIF lo que busca es la incorporación a la formalidad y con ello vencer un indicador que no es bueno para el país.

Hasta el momento, el SAT tiene registrados en el RIF a cerca de 900,000 contribuyentes adicionales a los que estaban registrados en 2013, con lo que suman 4.3 millones.

Anteriormente…

Al parecer hay mucha inconformidad latente con el nuevo Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), y aunque no es ninguna novedad lo que estamos diciendo, esta vez el mensaje ha llegado al Jefe del SAT.

En este sentido, durante la conferencia que estaba ofreciendo Aristóteles Núñez, se le acercó un grupo de microempresarios que lo increparon al jefe del Sistema de Administración Tributaria (SAT), en rechazo del RIF y pidiendo por el regreso de Repecos.

El lugar del pedido fue la Semana del Emprendedor, en donde se hablaba acerca de las ventajas de RIF para las micro, pequeñas y medianas empresas saliendo de la informalidad a la formalidad.

Pese a todo lo dicho durante la conferencia y las “supuestas virtudes” de este nuevo régimen, aparecieron empresarios con pancartas que decían “RIF No, Repecos, Si“, y otras más.

¿Cuáles fueron los reclamos?

Por un lado, se solicitaba la creación de la Comisión Intersecretarial de Fomento a la Microindustria cosa que no se ha hecho y sí ha prometió el Gobierno federal.

Asimismo, se resaltaron los problemas que los contribuyentes han tenido a la hora de inscribirse en un régimen fiscal porque lo incorporaron al régimen de personas morales, cuando le corresponde el RIF, entre otros problemas que hemos detallado incansablemente en nuestro foro de preguntas.

Ante estos reclamos ¿Volverán los Repecos?

Lo dejamos a libre opinión sobre si se debe volver o no atrás con el régimen fiscal. Sin embargo, sospechamos que este pedido fue sólo una utopía de algunos, y todos sabemos que una vez efectuado un cambio de tal naturaleza no hay vuelta atrás.

¿Qué opina Condes?

Por su parte, los Comerciantes agrupados en la Coordinadora Nacional en Defensa de la Economía Social (Condes) han hecho la demanda para la restitución del Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repecos).

Representantes de diversas organizaciones señalaron que solicitarán al Congreso que retome el tema, al argumentar que los pequeños comerciantes no pueden cumplir las obligaciones y el pago de impuestos que establece el RIF.

La propuesta es que los pequeños comercios paguen una contribución gradual de hasta el 2%, facilidades administrativas y declaración bimestral de forma definitiva si no se utiliza facturación.

En caso de que se requiera facturación, que sea considerada como declaración provisional cuando se realicen operaciones de venta y compra con el público en general.

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