Sujetos Obligados a Informar a la UIF

Lavado-de-dinero

La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), organismo dependiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que tendrá mayor trabajo por la existencia de muchos nuevos sujetos obligados a reportar actividades relevantes para prevenir el lavado 
de dinero.

Al día de hoy existen unos 6,729 sujetos obligados a reportar que suman entre bancos, sofoles, sofomes, sofipos, uniones de crédito, casas de cambio, centros cambiarios y otras entidades financieras.

La cifra ascenderá a más de 320,000 según estiman las autoridades

La idea es que los sujetos obligados a informar cuenten con mecanismos adecuados de recepción de datos, así como de control, validación y retroalimentación.

La UIF tiene como fin recibir información de operaciones de dinero relevantes de entes financieros y en breve de otros no financieros, misma que es analizada, y si se considera necesario se disemina a instancias como la Procuraduría General de la República.

A continuación se detallan los sujetos que estén vinculados a ciertas actividades, que estarán obligados a presentar información ante la UIF:

  • Concursos, sorteos o juegos con apuesta
  • Emitir o comercializar tarjetas de servicios, de crédito o pre-pagadas, o cheques de viajero
  • Otorgar préstamos
  • Comercializar inmuebles
  • Comprar y vender piedras y metales preciosos, joyas, relojes y obras de arte
  • Venta o arrendamiento de vehículos aéreos, marítimos y terrestres
  • Traslado o custodia de dinero o valores
  • Servicio de blindaje
  • Prestación de servicios profesionales, de manera independiente, cuando se prepare o realice a nombre de terceros cualquiera de las siguientes operaciones:
  • Compraventa de inmuebles
  • Administración y manejo de valores o activos
  • Manejo de cuentas bancarias, de ahorro o de valores
  • Constitución, escisión, fusión, operación y administración de personas morales
  • Fedatarios públicos (notarios y corredores)
  • Agentes aduanales
  • Organizaciones sin fines de lucro
  • Arrendamiento de bienes inmuebles

A continuación veremos las restricciones en pagos en efectivo:

Tipo de operaciónMonto límite
Compraventa de inmuebles8,025 SMGV
Compraventa de vehículos, nuevos o usados, ya sean aéreos, marítimos o terrestres3,210 SMGV
Compraventa de relojes; joyería; metales preciosos y piedras preciosas, ya sea por pieza o por lote, y de obras de arte3,210 SMGV
Adquisición de boletos que permita participar en juegos con apuesta, concursos o sorteos; así como la entrega o pago de premios por haber participado en dichos juegos con apuesta, concursos o sorteos3,210 SMGV
Servicios de blindaje3,210 SMGV
Compra venta de acciones o partes sociales3,210 SMGV
Arrendamiento de inmuebles, nuevos o usados, ya sean aéreos, marítimos o terrestres3,210 SMGV

Asimismo, debajo se encuentran los topes mínimos ante los que debemos informar a la UIF:

ActividadIdentificación del clienteGeneración de Aviso
Concursos, sorteos y juegos con apuesta325 SMGV645 SMGV
Comercialización de tarjetas de crédito, servicios o cualquier otro instrumento de pago805 SMGV1,285 SMGV
Tarjetas pre-pagadas645 SMGV645 SMGV
Comercialización de cheques de viajeroSiempre645 SMGV
Operaciones de mutuo, de garantía u otorgamiento de préstamos o créditos, con o sin garantíaSiempre1,605 SMGV
Servicios de construcción o desarrollo de inmueblesSiempre8,025 SMGV
Comercialización de metales preciosos, piedras preciosas, joyas o relojes805 SMGV1,605 SMGV en efectivo
Comercialización obras de arte2,410 SMGV4,815 SMGV
Comercialización de vehículos, nuevos o usados, ya sean aéreos, marítimos o terrestres3,210 SMGV6,420 SMGV
Servicios de blindaje2,410 SMGV4,815 SMGV
Servicios de traslado de dinero o valoresSiempre3,210 SMGV
Servicios profesionales independientes:SiempreCuando realicen las actividades en nombre y representación de sus clientes
a.     Compraventa de inmuebles,SiempreCuando realicen las actividades en nombre y representación de sus clientes
b.     Administración y manejo de valores o activos,SiempreCuando realicen las actividades en nombre y representación de sus clientes
c.      Manejo de cuentas bancarias, de ahorro o de valores,SiempreCuando realicen las actividades en nombre y representación de sus clientes
d.     Organización de aportaciones sociales, constitución o administración de sociedades, ySiempreCuando realicen las actividades en nombre y representación de sus clientes
e.     Constitución, escisión, fusión, operación y administración de personas morales o vehículos corporativos, incluido el fideicomiso y la compra o venta de entidades mercantilesSiempreCuando realicen las actividades en nombre y representación de sus clientes
Notarios Públicos:Siempre16,000 SMGV
a.     Constitución o transmisión de derechos reales sobre inmueblesSiempreSiempre
b.     Otorgamiento de poderes irrevocables para actos de domino o de administraciónSiempre
c.      Constitución de personas morales, su modificación patrimonial, así como compraventa de accionesSiempre8,025 SMGV
d.     Constitución o modificación de fideicomisos traslativos de dominio o de garantíaSiempreSiempre
e.     Otorgamiento de contratos de mutuo o de créditoSiempre8,025 SMGV
Corredores Públicos:Siempre para todos los casosSiempre para todos los casos
a.     Realización de avalúos con un valor superior a 8,025Siempre para todos los casosSiempre para todos los casos
b.     Constitución de personas morales mercantiles, su modificación patrimonial, así como compraventa de accionesSiempre para todos los casosSiempre para todos los casos
c.      Constitución o modificación de fideicomisosSiempre para todos los casosSiempre para todos los casos
d.     Otorgamiento de contratos de mutuo o de créditoSiempre para todos los casosSiempre para todos los casos
Organizaciones Sin Fines de Lucro1,605 SMGV3,210 SMGV
Servicios de Agentes o Apoderados Aduanales:Siempre para todos los casosSiempre para todos los casos
a.     Vehículos terrestres, marítimos o aéreos.Siempre para todos los casosSiempre para todos los casos
b.     Máquinas para juegos con apuestas.Siempre para todos los casosSiempre para todos los casos
c.      Equipos y materiales para la elaboración de tarjetas prepagadas.Siempre para todos los casosSiempre para todos los casos
f.      Joyas, relojes, metales y piedras preciosas cuyo valor sea superior a $30,000 M.N.Siempre para todos los casosSiempre para todos los casos
g.     Obras de arte cuyo valor sea superior a los $300,000 M.N.Siempre para todos los casosSiempre para todos los casos
h.     Materiales de resistencia balística.Siempre para todos los casosSiempre para todos los casos
Constitución de derechos personales de uso y goce sobre inmueble1,605 SMGV3,210 SMGV
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