En el día de ayer recibimos una pregunta en nuestra sección de preguntas y respuestas que indicaba planteaba una duda muy formada en muchos, que se relaciona con los impuestos que deben abonar los repecos o pequeños contribuyentes. En esta oportunidad, la pregunta fue más puntual porque indicaba si estaban obligados al pago de ISN o Impuesto sobre Nóminas.
Antes de que sigan leyendo la explicación, decimos que es afirmativo, que deben pagar este impuesto, si cumplen con las condiciones que se verán a continuación y obviamente, calculan según la tasa correspondiente.
¿Qué impuestos pagan los Repecos con su cuota fija?
Las personas físicas que tributan en el régimen de Pequeños Contribuyentes, deben pagar los siguientes impuestos:
- El impuesto sobre la renta (ISR).
- El impuesto al valor agregado (IVA).
- El impuesto empresarial a tasa única (IETU).
Pero, entonces, ¿no debo pagar ISN? Pues bien, ya lo mencionamos antes, y sí estamos obligados, aunque siempre atados a lo siguiente:
Si somos patrones de empleados y tenemos la nómina, debemos aplicar la tasa correspondiente sobre la masa salarial.
Cumpla con el siguiente condicionante: “Como sujetos obligados al pago, o sea, que se encuentran alcanzados por el ISN se encuentran todas las personas físicas o morales que en su carácter de patrones, realicen pagos por remuneración a sus trabajadores.”
¿Cómo calculan el ISN los Repecos?
Igual que todos, no hay un cálculo diferente porque el impuesto es exactamente el mismo, entonces dejamos a continuación un video explicativo sobre cómo calcular el ISN: