¿Qué sucede si recibo CBB de emisores no autorizados?

CBB factura

Existe la posibilidad de recibir facturas con CBB de emisores no autorizados, lo cual nos acarrea un problema a nosotros, que se trata de no poder deducir los gastos realizados, todo porque el vendedor no está inscrito o no tiene derecho a emitir dichos comprobantes.

Muchos utilizan CBB dada sus condiciones y simpleza de emisión. Es simple el asunto de utilizar facturas con CBB porque que la elaboración de este tipo de comprobantes se hace 100% con recursos propios, sin intermediarios, es decir, el trámite para obtener el código se hace directamente ante el SAT de forma gratuita y el diseño de la factura e impresión pueden hacerse en casa.

No obstante, aceptar este tipo de comprobantes sin estar seguros de su procedencia, puede traernos un problema como contribuyentes, no poder deducir los gastos efectuados.

En este sentido, hay que tener en cuenta que, por medio de la reforma a las reglas misceláneas publicada el 31 de mayo de 2013 en el Diario Oficial de la Federación, se logró realizar la modificación de la Regla I.2.8.1.1. en donde se imponen las condiciones en las que los contribuyentes pueden expedir comprobantes fiscales impresos con Código de Barras Bidimensional (CBB). En este sentido, es importante recordar qué dice dicha regla:

(…) las personas físicas y personas morales que tributen en el Título II de la Ley del ISR que en el último ejercicio fiscal, hubieran manifestado en la declaración anual del ISR ingresos acumulables iguales o inferiores a $250,000.00, podrán optar por expedir comprobantes fiscales en forma impresa con dispositivo de seguridad.(…)

¿Quiénes pueden emitir facturas con CBB?

En realidad, desde el año próximo sólo estarán habilitados para emitir este tipo de facturas las personas físicas y morales que facturen por debajo de 250,000 pesos anuales. Este límite es bastante bajo y lo que sucederá es que muchos que ignoran esta resolución, seguirán usando el esquema viejo y nos darán facturas CBB que no tendrán lugar a deducción.

¿Qué recomendamos?

Si posee un smartphone podrá validar la condición de su emisor de factura vía esta web, o bien, tratar de no aceptar facturas con CBB si no conoce la actividad que tiene el proveedor.

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