Pago de PTU para Ex Trabajadores

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Si soy Ex trabajador de una empresa o persona física empleador, ¿tengo derecho al cobro de PTU? esta es una pregunta que resuena por muchos portales y pocos responden seriamente. Y la respuesta es simple: depende. ¿De qué? Si cumplimos o no con los requisitos para cobrar la PTU siendo ex empleados.

Hay otros temas relacionados al derecho a cobrar y es el tiempo o plazo de vencimiento de pago por parte de las empresas para el reparto de utilidades a ex trabajadores. Calcule su PTU aquí.

Requisitos para cobrar PTU siendo Ex Trabajadores

Veremos entonces, qué se pide como mínimo para cobrar la PTU siendo ex Trabajador:

  • Ex Trabajador en planta: tendrá derecho al cobro de PTU sin excepción alguna, claro está, proporcional a la cantidad de días laborados.
  • Ex Trabajador eventual: si su modalidad de trabajo no era “contrato de duración indefinida” deberá acreditar al menos 60 días de trabajo para tener derecho al cobro de PTU.

Ex empleados sin derecho a PTU

  • Los directores, administradores y gerentes generales de las empresas.
  • Los trabajadores domésticos no participarán en el reparto de utilidades.
  • Personas físicas que sean propietarias o copropietarias de una negociación.
  • Profesionales, técnicos, artesanos y otros que en forma independiente prestan servicios a una empresa, siempre y cuando no exista una relación de trabajo subordinada con el patrón.
  • Trabajadores eventuales cuando hayan laborado menos de 60 días durante el ejercicio fiscal.

Plazo para pagar PTU a ex empleados

Hay un punto clave, porque la ley obliga a pagar en el mes de mayo o junio según sea persona moral o física, pero esto se limita a los trabajadores activos. Entonces ¿cuándo se le paga a los ex trabajadores? Entonces, como le ley obliga a pagar en mayo a trabajadores activos, para ex trabajadores tienen hasta el 30 de abril del año siguiente, para cumplir con esta obligación. Es decir, un año en total.

En concreto, la prescripción de las utilidades en términos del artículo 516 de la LFT es de un año, computado a partir de la fecha en que la obligación se hace exigible, es decir, del 31 de mayo para las personas morales y del 30 de junio para los patrones personas físicas.

Aviso de Pago de PTU a Ex trabajadores

A continuación dejamos un modelo del aviso que los patrones deben dar a sus ex empleados a la hora de pagarles el PTU correspondiente.

Por esta vía se comunica a todas aquellas personas que laboraron al servicio de la empresa “Nombre de la Empresa”, S.A. de C.V. durante el ejercicio fiscal del año aaaa, y al personal eventual que prestó sus servicios por más de 60 días en dicho período, que podrán acudir a las oficinas del Departamento de Recursos Humanos de este centro de trabajo, ubicadas en: “Dirección completa de la empresa”, con objeto de recibir la cantidad que les corresponde por concepto de participación de utilidades (PTU) generadas en el lapso antes mencionado, misma que estará a su disposición a partir del día XX de mmm de aaaa, en días y horas hábiles.

Atentamente,

_____________________
(Nombre)
(Director o Jefe) de Recursos Humanos

Ex trabajador

_______________________
(Nombre)
Firma de conformidad

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