En la propuesta de impuestos para 2015 no se espera la creación de nuevos gravámenes pero sí el ajuste de las tarifas actuales. Por eso para el año próximo parece tener mayor aceptación, más que nada cuando se trata de cuidar el medio ambiente.
En primer lugar, lo que debemos plantear es que, la creación del Impuesto a los Combustibles Fósiles surge para combatir el daño que genera el consumo de combustibles de este tipo basado en emisiones contaminantes y de gases de efecto invernadero.
Mediante la Reforma Fiscal 2014 se había creado un impuesto a la producción e importación de combustibles fósiles, para gravar estos combustibles de acuerdo con su contenido de carbono.
El objetivo final es incentivar un menor uso, para lo cual se propone gravar el contenido de carbono de estos combustibles con un precio que refleje las condiciones de los mercados internacionales de los bonos de carbono.
Con ello se buscaría un nivel de IEPS al carbono de 70.68 pesos por tonelada de carbono, equivalente al promedio de las cotizaciones de los principales mercados de carbono entre octubre de 2012 a junio de 2013.
Asimismo, es importante indicar que no todos los combustibles son iguales, por ello es que se propone un impuesto a la enajenación e importación de combustibles fósiles de acuerdo con su contenido de carbono.
Tasas del Impuesto a los Combustibles Fósiles 2015
Con base en lo anterior, se propone establecer cuotas específicas por tipo de combustible, considerando las toneladas de bióxido de carbono por unidad de volumen, en la forma siguiente:
Tipo de Combustible | Toneladas de CO2 por unidad de volumen | Unidad de Volumen | Impuesto por unidad de volumen | Unidad Monetaria |
---|---|---|---|---|
Propano | 1485 | 10000 litros | 6.15 | Centavos por litro |
Butano | 1820 | 10000 litros | 7.97 | Centavos por litro |
Gasolinas y gasavión | 2294 | 10000 litros | 10.81 | Centavos por litro |
Turbosina y otros kerosenos | 2647 | 10000 litros | 12.91 | Centavos por litro |
Diesel | 2712 | 10000 litros | 13.11 | Centavos por litro |
Combustóleo | 2935 | 10000 litros | 14.00 | Centavos por litro |
Coque de Petróleo | 2686 | 10000 kilogramos | 16.24 | Pesos por tonelada |
Coque de Carbón | 2730 | 10000 kilogramos | 38.09 | Pesos por tonelada |
Carbón Mineral | 2523 | 10000 kilogramos | 28.68 | Pesos por tonelada |
Otros combustibles fósiles | - | - | 41.45 | Pesos por tonelada |
El impuesto se aplicará a las enajenaciones e importaciones que se realicen de los combustibles mencionados.
¿Quiénes pagarán el impuesto sobre los combustibles fósiles?
Según la propuesta presentada, serán sujetos de este gravamen los fabricantes, productores e importadores por la enajenación o importación que realicen de los combustibles fósiles; con exención a los que sean diferentes de ellos.
El impuesto se calculará mensualmente, aplicando las cuotas que correspondan a las unidades de medida a los combustibles fósiles que se hubieran enajenado en el mes, disminuido con el impuesto pagado en el mismo mes al aplicar las cuotas correspondientes.
A modo de ejemplo:
- Impuesto por compra de gas butano: $7.97 centavos por litro.
- Impuesto en la compra de gasolinas: $10.81 centavos por litro.
- Impuesto por compra de Diesel: $13.11 centavos por litro.