Deducción de Seguro de Hombre Clave

seguro de hombre clave

Dentro de los seguros deducibles para las empresas, existe uno que causa algunas complicaciones de entendimiento y se trata del seguro de hombre clave. Antes que nada, debemos saber de qué trata ello, más que nada porque la Ley del Impuesto Sobre la Renta no lo define como tal, ya que dicho normativo lo cataloga como el resarcimiento de la disminución que en su productividad pudiera causar la muerte, accidente o enfermedad de técnicos o dirigentes. En este sentido, por dichas razones, esta persona puede ser considerada como indispensable y no susceptible a sustituir dentro de la empresa.

A tener presente que, el Impuesto Sobre la Renta dentro de sus deducciones de las Personas Morales no señala como deducción autorizada la contratación de seguros, cualquiera que sea su naturaleza, pues del análisis que se realice al artículo 29 de la propia Ley del Impuesto Sobre la Renta en ninguna de sus fracciones contempla como deducción autorizada a los distintos tipos de seguros.

En concreto, la legislación no establece en el artículo 29 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta el catálogo de las deducciones autorizadas para el efecto de que los contribuyentes determinen la causación o base del impuesto.

Pero esta cuestión de Seguro de Hombre Clave debemos mirarla por otro lado, dado que se trata de un gasto indispensables para la consecución de los fines de la actividad del contribuyente de conformidad con lo establecido en el artículo 31 fracción I de la propia Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Entonces, es claro que un “Seguro de Hombre Clave”, el propio contribuyente (el que lo abona), se ve resarcido por la disminución de la productividad de la entidad económica causada por la muerte, accidente o enfermedad de la persona que dirige las decisiones en el negocio, obteniendo por dicho incidente una indemnización por la disminución de los ingresos, lo que de una manera le permitiría al contribuyente continuar con las operaciones del negocio.

Así, podemos afirmar que el pago de dicho seguro es indispensable.

Requisitos para deducir el Seguro de Hombre Clave

Para conocer qué cuestiones deben cumplirse para deducir gastos, es fundamental leer nuevamente el artículo 31, donde indica que las deducciones autorizadas deberán reunir los siguientes requisitos:

Los pagos de primas por seguros o fianzas se hagan conforme a las leyes de la materia y que correspondan a conceptos que esta Ley señala como deducibles o que en otras leyes se establezca la obligación de contratarlos y siempre que, tratándose de seguros, durante la vigencia de la póliza no se otorguen préstamos a persona alguna, por parte de la aseguradora, con garantía de las sumas aseguradas, de las primas pagadas o de las reservas matemáticas.

Puntualmente, si el seguro trata de resarcir al contribuyente de la disminución que en su productividad pudiera causar la muerte, accidente o enfermedad, de técnicos o de dirigentes, la deducciones de las primas procederá siempre que el seguro se establezca en un plan en el cual se determine el procedimiento para fijar el monto de la prestación y se satisfagan los plazos y requisitos que se fijen en disposiciones de carácter general.

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