Requisitos para deducir seguros de ISR

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Como todos sabemos, cuando hay que declarar impuestos o hacer nuestra declaración anual de ISR, tenemos que buscar la manera de pagar menos cantidad de impuestos y para ello existen las deducciones de gastos.

En este sentido, las deducciones son gastos que han realizado los contribuyentes durante el año que la ley permite descontarlos de los ingresos obtenidos.

Y en base a esto, surgen muchas dudas sobre qué seguros son deducibles del ISR y a la vez, en dicho caso, qué requisitos se necesitan cumplir para poder deducir estos gastos del ISR anual.

A partir de allí, vemos que aparecen preguntas como:

  • Seguros de vida personales contratados, ¿son deducciones autorizadas o son gastos personales en la declaración anual?
  • El seguro voluntario en el IMSS, asegurando a su familia ¿son deducibles en el mes o se consideran para la declaración anual como gastos personales?

Para responder este tipo de preguntas debemos recurrir al artículo que indica qué gastos serán deducibles para ISR, y como deducción personal, las primas por seguros de gastos médicos mayores de conformidad con el artículo 176 Fracción VI de la LISR.

Asimismo, únicamente serán deducibles las primas por seguros que otorgan las empresas como beneficio a sus trabajadores, en términos del artículo 31, fracción XII y XIII, de la LISR.

Por ello, hay que considerar algunas cosas como por ejemplo que el seguro de vida como el seguro régimen voluntario no son deducibles, ni para su actividad, ni como deducción personal para su declaración anual…Serían un gasto personal.

Adicionalmente, en cuanto a los gastos médicos mayores, para poder hacer deducible como deducción personal en la declaración anual las primas por seguros de gastos médicos, la póliza debe ser y decir: “Póliza del seguro de Gastos Médicos Mayores”.

Un punto a favor para deducir seguros es que si miramos los requisitos de las deducciones establecidas en el Capítulo X del Título IV de la LISR, éstos no son aplicables a las deducciones personales. Es decir, no se está obligado a pagar mediante cheque nominativo del contribuyente, tarjeta de crédito, débito o de servicios, o a través de los monederos electrónicos, sino que es posible realizarlos con cualquier medio de pago.

Pese a todo lo dicho, debemos ver que estos gastos pueden ser deducible conforme al primer párrafo del numeral 31 F-XIII:

Primer párrafo: Que los pagos de primas por seguros o fianzas se hagan conforme a las leyes de la materia y correspondan a conceptos que esta Ley señala como deducibles o que en otras leyes se establezca la obligación de contratarlos., es decir, en forma en que sean gastos deducibles, que en este caso corresponde a el numeral 29 F-III LISR, que propiamente es una erogación que efectúa la empresa para fines estrictamente necesarios en la realización del trabajo y/o seguridad de sus agentes de venta.

Segundo párrafo: los trabajadores conforme a los beneficios del inciso anterior, aunado y con la diferencia en que este seguro si pueden resarcir un accidente y enfermedad.

¿Cuándo podemos deducir Primas de los Seguros de Gastos Médicos?

Podrán recuperar hasta un 30%del costo de su prima siempre y cuando:

  • Sólo se puede deducir la prima pagada en el ejercicio que corresponda.
  • No existe límite en cuanto al monto de la prima.
  • Se deberá proporcionar factura con requisitos fiscales.
  • Otros conceptos autorizados como deducciones personales son: honorarios médicos, dentales, gastos hospitalarios, entre otros.
  • Todos los gastos médicos no rembolsados por la aseguradora seguirán siendo deducibles de impuestos.

¿Cómo deducir el seguro de vida del ISR?

  1. Primero, se debe adquirir un seguro de vida bajo la metodología de Dotal de retiro
  2. Pagar la póliza mensual o anualmente
  3. Al momento de realizar la declaración jurada anual, presentar la póliza y el recibo fiscal con la leyenda del artículo 218

¿Cuál es el proceso para deducir mis seguros del Impuesto Sobre la Renta (ISR)?

  1. Revisar cuáles de tus seguros pueden aplicar para la deducción e incluir las primas pagadas y/o las aportaciones efectuadas dentro de tus deducciones personales para el ejercicio de 2010.
  2. Presentar los recibos que amparen el pago de las primas
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¿Alguna Consulta? Con gusto te ayudaremos...

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