Hemos agotado explicaciones sobre qué es el Regimen de Intermedio por medio del cual los contribuyentes pueden pagar sus impuestos siempre y cuando sean personas físicas que están abocadas al comercio, industria, transporte, actividades agropecuarias, ganaderas, cuando estimen que sus ingresos o ventas no excederán de $4’000,000.00 en el año.
Recuerde que, en todo caso, la cantidad no se refiere a la utilidad o ganancia, sino a los ingresos brutos, antes de descontar los gastos o las compras.
También debemos rememorar las pautas para acogerse al régimen de intermedio:
- Inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes
- Expedir comprobantes a sus clientes por la venta de sus bienes o servicios y debe solicitar dichos comprobantes a sus proveedores
- Llevar la contabilidad de los ingresos que obtiene y de los gastos, compras o inversiones indispensables para para su negocio.
- Presentar declaraciones de pago y declaraciones informativas
- Cumplir con las demás obligaciones del régimen
Es de destacar que, a través del régimen de intermedio se tiene la obligación de pagar los siguientes impuestos:
- Impuesto sobre la renta
- Impuesto al valor agregado
- Impuesto al activo
- Dependiendo del tipo de negocio que tenga, también puede ser sujeto del impuesto especial sobre producción y servicios.
Ahora, si lo que deseamos es realizar el Calculo de Regimen Intermedio se tomarán en cuenta 4 factores para poder obtener la base del impuesto y sobre ésta se calculará el 5%. Ejemplo:
- Ingresos acumulados (menos)
- Deducciones acumuladas (menos)
- Pérdidas fiscales (menos)
- P.T.U.
- = Base del Impuesto
- por el 5%-à cálculo del Estado
Claro está, hay que hacer un cálculo con las Tablas, y otro del 5% para la Entidad Federativa y de acuerdo al que sea más alto se hace el pago a la Entidad Federativa y a la Federación.
Cómo calcular el ISR de Régimen de Intermedio:
- Ingresos Acumulados
- ( – ) Gastos Acumulados
- ( = ) Base del Periodo
- ( – ) Limite Inferior
- ( = ) Excedente Lim. Inf.
- ( * ) % Aplicable de L.I.
- ( = ) Impuesto Marginal
- ( + ) Cuota Fija
- ( = ) Impuesto según Art. 113
Luego, tomamos la base de ingresos menos gastos:
- Base Gravable
- ( – ) Limite Inf. Art. 114
- ( = ) Excedente Lim. Inf.
- ( * ) % Aplicable del Lim. Inf.
- ( = ) Impuesto Marginal
- ( * ) % Impuesto Subsidio
- ( = ) Subsidio s/Imp. Marg.
- ( + ) Cuota Fija
- ( = ) Impuesto según Art. 114
Luego, determinamos lo siguiente:
- Impuesto según Art. 113
- Impuesto según Art. 114
- – Pagos Provisonales hechos con anterioridad
- = Pago Provisional
Con esto ya obtuvimos el Pago Provisional según el Art. 127, y para el cálculo del 5% de la Entidad Federativa es así:
- Base del Impuesto (Ingresos menos Egresos)
- ( * ) 5%
- ( = ) Total Entidad Federativa
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