El Impuesto Especial sobre Producción y Servicios llamado vulgarmente como IEPS, tiene tasas diferenciales para este 2013, por esta razón, es importante conocer a fondo el IEPS 2013 y sus características. Como sabemos, los sujetos alcanzados por el IEPS son todas las personas físicas o morales que enajenen los bienes como bebidas con contenido alcohólico y cerveza, tabacos labrados, diesel y refrescos, bebidas hidratantes o rehidratantes.
En concreto, a continuación veremos cuáles son las tasas y fundamentos legales del IEPS 2013.
En cuanto a la enajenación e importación de cerveza con graduación alcohólica de hasta 14ºG.L, donde vemos a la tabla IEPS 2013 que establece a la enajenación e importación de cerveza en 26.5% y la tasa de 26% que estaba prevista para dicho año se aplicará durante 2014.
Para bebidas con contenido alcohólico y cerveza con una graduación alcohólica de más de 20º G.L, se establece que para 2013 la tasa del IEPS aplicable a la enajenación e importación para bebidas con contenido alcohólico y cerveza con una graduación alcohólica de más de 20º G.L se mantiene en 53% y la tasa del 52% que estaba prevista para dicho año se aplicará durante 2014.
¿Cómo se aplica el IEPS 2013?
Estos factores deben aplicarse de la siguiente manera: multiplicar el factor por el monto de la venta final, incluyendo IVA, señalado en el comprobante fiscal correspondiente. En los casos en que la tasa del IEPS resulte igual o menor que cero, el factor será cero.
¿Qué sucede con la compra de Gasolina Magna y Premium y el IEPS 2013?
El monto de acreditamiento del IEPS se calculará multiplicando el valor de adquisición de las gasolinas en las estaciones de servicio que conste en el comprobante correspondiente, incluido el impuesto al valor agregado, por el factor correspondiente al mes de que se trate. Ver las tablas de IEPS 2013 para gasolina.
En los casos en que el factor de acreditamiento resulte negativo, dicho factor será cero. Este beneficio no aplica en los siguientes casos:
- En las enajenaciones de gasolinas realizadas en el municipio de Othón P. Blanco, Quintana Roo.
- En la franja fronteriza del norte del país (territorio entre la línea divisoria internacional y la línea paralela ubicada a 20 kilómetros hacia el interior del país).
- En las estaciones de servicio ubicadas dentro del territorio comprendido entre las líneas paralelas ubicadas a 20 y a 45 kilómetros de la línea divisoria internacional con los Estados Unidos de América.
- En las estaciones de servicio que no cuenten con controles volumétricos.
- Cuando las gasolinas que se enajenen no contengan los trazadores que Petróleos Mexicanos o sus organismos subsidiarios utilicen como medio de identificación de las gasolinas Pemex Magna y Pemex Premium.
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