Con la reforma fiscal y los cambios tecnológicos necesarios para acelerar y hacer más eficiente la comunicación entre el SAT y los contribuyentes, Hacienda ha lanzado un Buzón Tributario, que es una herramienta de notificación en línea.
Para quienes no lo sepan, de ahora en más, el SAT considera como válida la notificación a través del Buzón Tributario, considerándola a igual altura que las notificaciones personales. Por esta razón, es más que importante conocer dos cosas clave:
- ¿Cómo utilizar el Buzón Tributario?
- ¿Cuándo se considera notificado el contribuyente?
El primer punto ya lo hemos tratado en más de una ocasión, por lo cual vamos a ser breves.
En este artículo encontrará la guía de uso del Buzón, y además, le recomendamos tener presente que al igual que para usar cualquier otro programa del SAT requerimos:
- RFC y Contraseña para el acceso a Mi Portal
- FIEL vigente
- Correo electrónico
- Número de celular (opcional)
Ahora bien, debemos ingresar al Buzón Tributario, mediante los siguientes pasos:
- Ingrese a la página web del SAT www.sat.gob.mx.
- Si mira en el menú superior, podrá elegir “Trámites y servicios”.
- Deberá capturar los datos del RFC y Contraseña en la sección Mi Portal e iniciar sesión.
- En la pantalla Menú principal de clic en la opción del menú Buzón Tributario
¿Cuándo nos daremos por notificados efectivamente?
En este punto, es importante saber cuándo el SAT considera que estamos notificados, más que nada para saber cuándo inician a correr los plazos de respuesta que tenemos, o posibilidad de presentar algún tipo de recurso.
Puntualmente, el SAT indica que el contribuyente tiene 5 días para abrir un documento de su buzón a partir del día siguiente a aquel en que el SAT envíe el aviso por correo electrónico; de no abrir el documento, al sexto día se le considera notificado.
Fundamento legal: regla II.2.10.5 de la 3ª Modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013, publicada el 14 de agosto de 2013.