Si eres un trabajador autónomo que trabaja en marketing online o redes sociales, es importante que tengas en cuenta las obligaciones fiscales de los autónomos que trabajen en el marketing online.
En el momento de hacer marketing online, los autónomos deben recordar las obligaciones fiscales que les pertenece pagar por ser autónomo. Por este motivo, deberás apuntarte en un calendario las fechas en las que todos los autónomos deben realizar sus obligaciones fiscales, los impuestos trimestrales, las declaraciones anuales, así como la declaración de la renta.
A continuación, vamos a detallar todos aquellos pagos que deben realizar los autónomos del marketing online.
Pago trimestral del IRPF
Según el Impuesto de Actividades Económicas, eres considerado un profesional que trabaja por cuenta propia. Esto significa que por ser autónomo no tienes por qué presentar la declaración, ni llevar a cabo ningún ingreso trimestral del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF), solo si en el año anterior, mínimo el 70 por ciento de lo que has ingresado hubieran sido objeto de retención.
Es decir, al ser autónomo, si durante el año pasado has emitido facturas de venta con IRPF, no hará falta que en el trimestre siguiente pagues dicho impuesto, ya que se sobreentiende que ya se ha realizado con cada factura emitida.
Por el contrario, cuando le vendes algo a los clientes, como no puedes hacerle factura todas esas ventas tendrás que ingresarlas en hacienda en concepto de IRPF.
Cantidad de IRPF retenida a los autónomos
Cuando lleves a cabo facturas de determinadas ventas en las que debes aplicar dicho impuesto, podrás retener un 7 por ciento en el primer año y una vez superado dicho periodo de tiempo, te aplicarán el 15 por ciento de retención.
Es importante que estés al tanto de este tema, ya que si retienes erróneamente este impuesto te pueden sancionar.
Pago trimestral del IVA
Asimismo, pagar el IVA es otra de las obligaciones monetarias que tienen los autónomos del marketing online. Cada vez que realices una venta, deberás añadir en el comprobante este impuesto al precio concluyente que tenga tu producto o servicio. En definitiva, la cantidad de capital que corresponda al IVA siempre que se realiza una venta, es lo que deberás pagarle a Hacienda trimestralmente.
Es decir, al dinero que recibas le tienes que quitar la cantidad de IVA que has tenido que pagar en las compras que hayas hecho en dicho trimestre. Evidentemente, puede haber meses en los que hayas hecho menos ventas y hayas necesitado comprar más, por lo que, en este caso, es muy factible que a Hacienda le salga como que debería devolverte dinero.
No obstante, si llega el trimestre y no puedes pagar los impuestos que te exigen, tienes la opción de pedir poder aplazar el ingreso.
Otros impuestos del marketing online en el trimestre
A parte del IVA y el IRPF, los trabajadores autónomos de la industria del marketing deben hacerles frente también a otros impuestos. Estos impuestos son, el Modelo 115 y el Modelo 111.
Por ejemplo, el primero lo deberás presentar si trabajas en una oficina y recibes una factura con retención de IRPF. Y el segundo, tiene que ver con si recibes una factura con IRPF que pertenece a otro compañero que también está dado de alta como autónomo, pues a la hora de pagarle a hacienda deberás presentar el Modelo 111.
Presentación de declaraciones informativas anuales
Por si fuera poco, además de los trimestres también deberás presentar las declaraciones anuales. Estas se tratan de unos modelos con los que resumes a hacienda toda la actividad que has tenido anualmente.
Esta declaración, es la manera en la que Hacienda puede comprobar que los datos corresponden a lo que le has ido dando durante los trimestres. De esta manera, puede asegurarse de que no se le escapa nada.
Algo que no podemos olvidar es, que tanto la presentación trimestral como las declaraciones anuales son obligatorias. Independientemente, de si un mes has tenido o no actividad. Al igual, que tampoco importa si a final de año ya no eres autónomo.
Obligatoria contabilidad para los autónomos
A la hora de llevar a cabo tu contabilidad, deberás realizar tres aspectos:
– Deberás registrar todas las facturas de venta.
– Deberás anotar en la contabilidad de tu negocio todas las facturas de compra que se hayan realizado. No obstante, es mejor consultar siempre a un asesor para no cometer ningún fallo que a la larga te vaya a costar caro, ya que hay compras en las que podrás deducir el IVA y otras que podrás desgravar el IRPF.
– Podrías anotar la contabilidad sobre los bienes de inversión. Esto es que, si vas a comprar un producto que supere los tres mil euros, y este producto lo vas a usar por un periodo de tiempo superior a un año, es necesario que le preguntes a tu asesor si puede considerarse como un bien de inversión para añadirlo de manera específica a tu contabilidad.