Desde enero 2013, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció que comenzó el plan de amnistía fiscal que condonaría entre 80% y 100% los adeudos fiscales de las personas y empresas que lo soliciten.
Hay que tener en cuenta que el programa se aplicará únicamente para créditos fiscales causados antes del primero de enero de 2007. El programa de amnistía fiscal también considera descuentos de hasta 60% en multas impuestas durante 2012 y este año.
Si bien la medida permitirá desactivar juicios que sostienen contribuyentes contra el SAT, analistas consideran que la amnistía y los descuentos desalientan a quien cumple con las disposiciones oficiales.
Entonces, el SAT estará dándonos la posibilidad de obtener condonaciones de adeudos a personas físicas y morales bajo diversos esquemas.
La nueva disposición está contenida en la Ley de Ingresos aprobada por el Congreso de la Unión para 2013, y considera la condonación de los créditos fiscales que hayan sido causados o se hayan generado por diversos incumplimientos.
Los conceptos que mayor relevancia tendrán son las omisiones o errores cometidos en el pago de contribuciones federales, cuotas compensatorias, actualizaciones y accesorios de ambos conceptos, multas por incumplimiento de las obligaciones fiscales federales distintas a las obligaciones de pago.
Según información publicada por la Secretaría de Hacienda (SHCP), al 30 de septiembre de 2012, el saldo histórico de créditos o adeudos fiscales totalizó 670 mil 281.5 millones de pesos.
De ese total, 560 mil 427.8 correspondían a personas morales (empresas), 76 mil 397.1 millones de pesos a físicas y 33 mil 456.6 millones de pesos a individuos con actividad empresarial.
Se condonan, previa solicitud del contribuyente:
- Contribuciones federales
- Cuotas compensatorias
- Actualizaciones y accesorios de ambos conceptos
- Multas por incumplimiento de las obligaciones fiscales federales distintas a las obligaciones de pago
Los porcentajes de condonación son:
- 80 por ciento de los créditos fiscales por contribuciones federales, cuotas compensatorias y multas por incumplimiento de las obligaciones fiscales federales distintas a las obligaciones de pago.
- 100 por ciento de recargos, multas y gastos de ejecución que deriven de los conceptos anteriores.
Al 100% se condonarán los recargos y multas derivados de créditos fiscales por cuotas compensatorias y contribuciones federales distintas a las que el contribuyente debió retener, trasladar o recaudar, así como las multas por incumplimiento de las obligaciones distintas a las de pago, que se hayan causado entre el primero de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2012.
¿Quiénes se benefician con la amnistía fiscal?
La resolución tomada por el SAT, da beneficio a las personas que tienen un crédito fiscal fincado por la autoridad, siempre y cuando exista una omisión o que hubo accesorios, recargos o multas.
Requisitos:
- Tener todos los documentos originales (corporativos o personales).
- Tener la Firma Electrónica Avanzada.
- Si no se tienen los originales, hay que sacar las copias certificadas necesarias.
- Tener original del oficio donde se fincó el crédito fiscal.
- Original de la notificación.
- Citatorio.
- Recurso por el cual se inició la defensa legal.
El programa de amnistía fiscal está formado por 3 sectores:
- A quienes tienen un crédito fiscal. Si lo generaron hasta el 31 de diciembre del 2006. Si lo combatieron a través de un medio de defensa y está en litigio, pueden desistirse de esta instancia. Su condonación puede ser de entre 80 y 100 por ciento.
- Accesorios. Para quienes tienen recargos y multas generadas entre el 2007 y el 2012. La exención puede ser de hasta 100%, pero el impuesto se debe pagar en una sola exhibición.
- Multas. La autoridad observa los incumplimientos, invita a negociar y puede condonar hasta 50 por ciento. La condición es aceptar todo lo que encontró el SAT y pagarlo o autocorregir la situación.
Actualización 16 de enero 2013
Se estima que se podrá recuperar hasta 100,000 millones de pesos gracias a la condonación de créditos fiscales, que será implementada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Hay rondando una cartera de créditos susceptibles que supera el 1 millón de contribuyentes, equivalente a 500,000 millones de pesos.
Para poder gozar de este beneficio al que se dará la alternativa de hacerlo por Internet para los que cuentan con la Firma Electrónica avanzada (Fiel). En un primer lugar, tendremos que corroborar el adeudo en el portal del SAT y emitir la línea de captura para poder pagar en el banco.
Se condonarán de 80 a 100%, previa solicitud del contribuyente, los créditos fiscales causados antes del 1 de enero del 2007, es decir contribuciones federales, cuotas compensatorias, actualizaciones y accesorios de ambos conceptos, multas por incumplimiento de las obligaciones fiscales federales distintas a las obligaciones de pago.
¿Alguna Consulta? Con gusto te ayudaremos...