Actualización de Impuestos con INPC
Publicado por Nicolas Rombiola - 16/09/2011 a las 08:36:14No es raro ser uno de los que olvidamos por completo los impuestos, aunque no podemos dejar de lado saber que tenemos la oportunidad de realizar la declaración anual extemporánea de forma voluntaria sin ser acreedor a una multa. Pese a ello, pasaremos por alto la multa pero se le aplicarán recargos y actualizaciones como lo indica el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Lo que hay que aclarar es que, siempre y cuando sea una persona física y no haya alcanzado a realizar la declaración anual de impuestos antes de la fecha límite, tendrá tiempo de hacerla bajo los mismos formatos y pasos, sólo que en el historial se destaca que es extemporánea.
Para poder calcular las actualizaciones de las contribuciones fiscales, sólo tendrá que multiplicar la cantidad adeudada por el factor de actualización que corresponda al periodo de mora. Este factor de actualización se obtiene al dividir el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) del mes anterior a aquel en que vayas a cumplir con las contribuciones, entre el INPC del mes anterior a aquel en el que debió haberse efectuado el pago.
Para calcular los recargos, se debe multiplicar la cantidad actualizada por el porcentaje de recargos por mora acumulado en el periodo.
¿Qué son las tasas de recargos?
Pues se trata de el porcentaje que el contribuyente debe abonar por los retrasos por mora o por prórroga en el pago de sus impuestos.
Las tasas de recargos son publicadas por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público de México, aunque éstas no han sufrido modificaciones desde el año 2004 por disposición del artículo 8 de la Ley de Ingresos.
Los valores de las tasas de recargos son:
- Tasa de recargos por mora 2004-2011 = 1.13
- Tasa de recargos por prórroga 2004-2011 = 0.75
¿Quiénes deben pagar recargos y actualizar contribuciones?
Como hemos dicho, las personas físicas y las personas morales que no paguen las contribuciones, productos o aprovechamientos en el plazo establecido en las disposiciones fiscales. Para calcular el factor de actualización, debe dividirse el INPC del mes anterior a aquel en que vaya a pagar las contribuciones, entre el INPC del mes anterior al que debió pagar.
Tras ello, se aplica multiplicando la cantidad que adeude por el factor de actualización.
¿Para qué sirve además el INPC?
Sirve también para calcular el factor de ajuste y el de actualización previstos en la Ley del Impuesto sobre la Renta, así como para actualizar saldos a favor de los contribuyentes a cargo del fisco federal para que se efectúe la devolución o compensación de los mismos. También se utiliza para determinar el factor de actualización de activos a que se rei ere la Ley del Impuesto al Activo.
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Fecha de publicación: septiembre 16, 2011
Categorias: Actualización impuestos, Calcular impuestos, Guía Impositiva, Impuestos México
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