¿Qué sucede si no presento mi declaración?

Se termina el plazo para la presentación de la declaración anual 2014. Si nosotros, como sujetos pasivos del Estado Mexicano, no presentamos estas declaraciones nos podemos hacer acreedores a requerimientos por parte del SAT donde se nos brinda un plazo para presentar la obligación y claro ya acompañado de una Multa por infringir las leyes fiscales.

Además de que si no se presenta la obligación que se nos pide en el requerimiento dentro del plazo establecido en el mismo nos generaría una multa mas por no cumplir con lo que se nos está pidiendo es decir ya tendríamos 2 multas por una sola obligación, una por no haber presentado la declaración en tiempo y otra por no cumplir con el requerimiento y recordemos que las multas se impondrán por cada una de las obligaciones y/o declaraciones no presentadas de acuerdo a los lineamientos que nos marca el Título IV del Código Fiscal de la Federación.

Estas son las multas y sanciones por no presentar la declaración anual:

Facultades de Comprobación

Siguiendo con las consecuencias de no cumplir con nuestras obligaciones fiscales en tiempo y forma las autoridades hacendarias están cien por ciento facultadas para ejercer estas facultades de comprobación con el fin de que el sujeto cumpla correctamente con sus obligaciones fiscales y esto viene fundamentado a partir del artículo 42 del Código Fiscal de la Federación.

Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE)

Por último las autoridades fiscales podrán exigir el pago de los créditos fiscales no cubiertos por parte de los contribuyentes o que no han sido garantizados dentro de los plazos señalados por la ley por medio del Procedimiento Administrativo de Ejecución que tiene su sustento legal en la sección I del capítulo III del Título V del Código Fiscal de la Federación a partir del artículo 145, en pocas palabras es el cobro coactivo (a la fuerza) de algún crédito fiscal y como anteriormente mencionábamos si se tiene una cantidad a cargo por ejemplo el ISR hay que declarar y pagar, si no se hace entonces tendremos como consecuencia una multa y ésta es una accesorio de la contribución y sigue la suerte del principal y el principal es un crédito fiscal al fin y al cabo entonces como vemos una cosa nos puede llevar a la otra y pues es mejor evitar molestias innecesarias es mejor cumplir a tiempo.

Multas aplicables

En los casos de no cumplir con nuestras obligaciones, se podrán aplicar las siguientes multas:

  • De 1,240 a 15,430 pesos por cada una de las obligaciones no declaradas dentro del plazo siempre que sea de forma espontánea
  • De $1,2400.00 a $30,850.00 por cada obligación que al presentar una declaración, solicitud, aviso o constancia, fuera del plazo señalado en el requerimiento. También aplica para el incumplimiento general del requerimiento.
  • De $15,430.00 a $30,850.00, por no presentar las declaraciones en los medios electrónicos estando obligado a ello.

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