¿Qué significa No IVA o No Alcanzado?

no iva

El IVA o Impuesto al Valor Agregado, es aquel que alcanza a las operaciones de venta de bienes o prestación de servicios.

En concreto y para ser más específicos, el IVA es el tributo que posee varias alícuotas o tasas aplicables que van cambiando según las actividades comerciales o locaciones y venta de servicios, así como también en función de la localidad donde se efectúe la operación.

Un punto a destacar es que, se trata de uno de los impuestos que mayor influencia tiene sobre los precios y la inflación del país.

Actualmente existen cuatro categorías en el IVA, aunque realmente sean 3 las tasas porque los exentos no tienen tasa alguna. A su vez, sólo dos de las 3 causan impuesto y son las del 16% y 11% que gravan las siguientes actividades:

  • Enajenación de bienes
  • Prestación de servicios independientes
  • Dación en uso o goce temporal de bienes
  • Importación de bienes o servicios

Pues bien, dijimos que hay 4 categorías así que nos resta saber que existen algunas operaciones alcanzadas por el IVA pero que causan tasa cero, lo que es casi similar a decir que está exento en sentido que no paga el impuesto, aunque sí lo declare; y ahí radica la diferencia. No obstante, si quiere saber más sobre tasa cero, le recomendamos ver su artículo en particular. Por último, en esta clasificación pequeña, tenemos la categoría de exentos, es decir, actividades u operaciones previamente gravadas que por ley se eximen de causar impuesto.

Pese a ello, ahora veremos una categoría extra, que escapa a la ley porque no la regula y por ello se la llama “No IVA” o “Actividad fuera de Objeto” o bien “No Objeto”.

Normalmente, también se conoce este concepto de No IVA como “No alcanzado”, que sería igual a decir que no paga impuestos porque la ley no lo indica pero no por exención.

Aunque matemáticamente sea lo mismo, viéndolo de forma conceptual son totalmente diferentes. Algo está no alcanzado por el impuesto, en este caso el IVA, cuando queda fuera del objeto del mismo. Muy distinto es algo que está exento, ya que en este último caso, el bien se encuentra dentro del objeto del impuesto, es decir, se encuentra gravado por el IVA, pero por la misma ley lo exime.

¿Cómo considerar una actividad no alcanzada?

Si en nuestra empresa realizamos actividades no alcanzadas, definitivamente no contarán para nada en el cálculo del IVA porque ni están mencionadas allí, así que no debemos considerarlas.

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