Durante este año es importante conocer cuál es la tasa del ISR 2015, así como también las perspectivas que existen para los impuestos más importantes de nuestro país, y por eso hay que estar atentos a las actualizaciones de este artículo.
Es importante indicar que 2015 es un año electoral y eso nos traerá buenas noticias, aunque no siempre sea seguro.
En esta oportunidad, el titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), Luis Videgaray Caso, ha anunciado que el paquete económico y fiscal 2015 no contempla la creación de nuevos impuestos ni eliminar beneficios fiscales.
Entonces, el ISR 2015 se mantiene como el del año anterior, dado que existe un compromiso de no proponer nuevos impuestos, de no proponer aumentos a los impuestos ya existentes y de no eliminar beneficios fiscales al contribuyente.
¿Cómo serán las tasas del ISR 2015?
Las tablas que se utilizarán para calcular el ISR 2015 serán las mismas que se utilizaban en el cálculo del ISR 2014, por lo cual, vemos en este enlace las tablas ISR vigentes.
¿Cómo se calcula el ISR 2015?
El procedimiento de cálculo del ISR es simple, y debemos seguir los siguiente pasos:
- Al ingreso del contribuyente restamos deducciones autorizadas y gastos de la actividad. Tenemos el Ingreso Gravable.
- Al monto obtenido lo ubicamos dentro de la tabla de ISR 2015.
- Restamos el límite inferior correspondiente a nuestro ingreso gravable.
- Al resultado le aplicamos la tasa de la misma fila de la tabla.
- A ese valor le adicionamos la cuota fija y obtenemos el ISR 2015 a pagar.
Calculadora de ISR
Para simplificar la tarea, dejamos la calculadora de ISR a continuación:
A medida que tengamos más información sobre el ISR 2015 ampliaremos el artículo para que todos estén bien informados.
¿Qué cambios tendrá el ISR 2015?
La Comisión de Fortalecimiento al Federalismo de la Cámara de Diputados está analizando una iniciativa sobre el Impuesto Sobre la Renta (ISR) para que alcance a los comerciantes ambulantes.
Según se plantea, los municipios tienen un padrón de comerciantes informales que no pagan impuestos y únicamente se les cobra un derecho, pues no están incorporados a ningún régimen fiscal.
De acuerdo a la propia iniciativa, cada municipio obtendría 80% de lo que se recaude, y el resto pasaría a la federación.
Según la Ley de Ingresos de la Federación, durante 2015 las empresas tendrán los siguientes beneficios:
- Podrán disminuir la PTU que haya sido abonada, a través de los pagos provisionales de mayo a diciembre.
- En el caso que efectúen donaciones de bienes básicos para la subsistencia humana (alimentos o medicamentos), obtendrán un estímulo de una deducción adicional del 5% del costo de dicha donación
- Podrán deducir un 25% adicional del salario pagado a trabajadores invidentes o que tengan las siguientes incapacidades: motriz con uso de prótesis o sillas de ruedas, mental, auditiva o de lenguaje en un 80%
- Las empresas que se dediquen a la cinematografía podrán aplicar contra los pagos provisionales del ISR,el crédito fiscal a que se refiere el artículo 189 de la LISR
¿Qué se recomienda internacionalmente?
Desde la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) han enviado una recomendación para que la tasa del Impuesto sobre la Renta (ISR) de 30% para las personas morales se reduzca a 28%.
En este sentido, si comparamos con la tasa media de la OCDE situada en 26%, vemos que México grava por encima a sus contribuyentes.
Por otra parte, existe un nuevo gravamen sobre dividendos de 10% de retención aplicable a personas físicas y a extranjeros, la cual piden baje a 5%.
Asimismo, se buscará reincorporar el esquema de deducción inmediata en las inversiones en activos fijos, el restablecimiento de la deducibilidad al 100% de las prestaciones sociales a los trabajadores exentas y establecer un crédito en el Impuesto sobre la Renta propio y retenido por 30% de los montos no deducibles.
¿Alguna Consulta? Con gusto te ayudaremos...