Como ya hemos explicado anteriormente, el Régimen Intermedio es un régimen opcional, a través del que los contribuyentes tienen la posibilidad de pagar sus impuestos siempre y cuando sean personas físicas que están abocadas al comercio, industria, transporte, actividades agropecuarias, ganaderas, cuando estimen que sus ingresos o ventas no excederán de $4’000,000.00 en el año.
Esta cantidad no se refiere a la utilidad o ganancia, sino a los ingresos brutos, antes de descontar los gastos o las compras.
Entre las pautas a seguir para acogerse a este régimen tenemos:
- Lo primero que debe hacer es inscribirse o darse de alta en el Registro Federal de Contribuyentes.
- Una vez inscrito, debe expedir comprobantes a sus clientes por la venta de sus bienes o servicios y debe solicitar dichos comprobantes a sus proveedores por los gastos o compras que haga relacionados con su actividad.
- Desde el inicio de sus actividades debe llevar la contabilidad de los ingresos que obtiene y de los gastos, compras o inversiones indispensables para para su negocio.
- Quienes se encuentran inscritos en este régimen deben presentar declaraciones de pago y declaraciones informativas.
- Cumplir con las demás obligaciones del régimen.
Es de destacar que, a través del régimen de intermedio se tiene la obligación de pagar los siguientes impuestos:
- Impuesto sobre la renta
- Impuesto al valor agregado
- Impuesto al activo
- Dependiendo del tipo de negocio que tenga, también puede ser sujeto del impuesto especial sobre producción y servicios.
Además de pagar impuestos, debe cumplir con las siguientes obligaciones:
- Inscribirse o darse de alta en el RFC.
- Llevar contabilidad.
- Esta obligación puede cumplirla llevando sólo un libro de ingresos, egresos y de registro de inversiones y deducciones, lo cual puede hacer hacer usted mismo.
- La contabilidad, incluye todos los documentos de carácter fiscal y debe conservarla por un periodo de cinco años.
- Expedir y conservar comprobantes fiscales por las actividades que se realicen.
- Cuando los ingresos del ejercicio anterior hayan sido mayores a $1’750,000.00, y menores a cuatro millones de pesos, debe utilizar máquinas registradoras de comprobación fiscal o equipos o sistemas electrónicos de registro fiscal, para registrar sus ventas o servicios con el público en general, y entregar como comprobante el ticket que emitan dichas máquinas o equipos.
- Presentar declaraciones informativas.
- Expedir constancias de percepciones y retenciones a sus trabajadores en caso de tenerlos.