Impuesto Predial incluido en Créditos Infonavit

Impuesto Predial incluido en Créditos Infonavit

Al parecer existe una nueva iniciativa, promovida por el director general del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), donde se analiza la posibilidad de que los créditos otorgados por el organismo incluyan el pago de mantenimiento y predial.

Lo que se busca es que se evite el deterioro de las casas habitación y su entorno, conservando mejor estado y un elevado valor de venta que el actual.

Entonces, se espera así poder generar nuevos productos para otorgar créditos a trabajadores que en la actualidad no son derechohabientes, pero que pueden utilizar el saldo de su Subcuenta de Vivienda como garantía para acceder a un financiamiento, como sucede en la actualidad con productos como “Renueva tu hogar“.

Recordemos que, también se descartó que las consultas al Buró de Crédito para nuevos acreditados frenen el ritmo de colocación de financiamiento del Instituto.

El impuesto predial se paga y se calcula de manera anual, en los primeros dos meses del año.

Asimismo se puede pagar de manera bimestral, a excepción de los contribuyentes que aportan la cuota mínima, o sea, los jubilados, pensionados o mayores de 60 años.

Durante el año 2011 se duplicó el número de créditos de nómina, a tasas de interés muy altas, por lo que debe realizarse un análisis cuidadoso de la capacidad de pago de quienes solicitan crédito para una vivienda.

El Infonavit consultará a partir de este mes en el Buró de Crédito el historial de sus derechohabientes que soliciten un crédito, con lo cual medirá su índice de riesgo y otorgará el financiamiento en función de los retrasos que tengan.

En el marco de un encuentro de la Comisión de Vivienda de la Coparmex, el dirigente pidió que el Infonavit mantenga proyectos que permitan ofertar viviendas con mejor ubicación y plusvalía, además de lograr una buena inserción en el mercado secundario de hipotecas con la figura del segundo crédito, así como elevar las acciones para la población no afiliada.

Para el cálculo, se toma como base el valor catastral del inmueble. Este valor catastral se determina a través de los valores unitarios del suelo y la construcción y multiplicando estos por la superficie de la edificación.

Asimismo, para determinar el valor de cada predio, se aplican los aranceles de terrenos y valores unitarios de edificación vigentes al 31 de diciembre del año anterior, según antigüedad y estado, en base a lo que formula el Consejo Nacional de Tasaciones. Los valores arancelarios sirven como base para el cálculo del valor del terreno respecto a su ubicación y las dimensiones que tenga.

Una vez obtenido el valor “imponible” del inmueble, se deben ver los rangos de valores. Existen tablas que marcan el monto del impuesto predial de acuerdo con el rango de valor catastral en que se encuentra una vivienda.

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