Es importante conocer que todo turista en México puede requerir la devolución de los impuestos que les hayan sido cobrados al momento de adquirir mercancías en comercios establecidos en nuestro país.
Claramente, debemos estar al tanto que si nosotros somos turistas en otro país, también podemos reclamarlo.
Tal como indica el Servicio de Administración Tributaria (SAT), si desean poder hacerse de este beneficio, los visitantes deben cumplir con los siguientes requisitos:
- El viajero que salga del país debe hacerlo por vía aérea o marítima
- Debe contar con comprobantes fiscales de compra
- Los artículos adquiridos deben salir efectivamente del país
- La compra mínima por establecimiento debe ser de 1,200 pesos
- Productos adquiridos con medios electrónicos (tarjeta de crédito o débito)
- Si las compras son en efectivo no deben exceder 3,000 pesos
Para que pueda hacerse efectiva la devolución, el turista debe solicitar al establecimiento el comprobante fiscal correspondiente y el formato de solicitud de devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Acto seguido, deberá acudir a uno de los módulos autorizados, ubicados en puertos y aeropuertos. Allí se presenta todas las mercancías por las cuales se solicita la devolución, y se procede al pago correspondiente.
Es destacable que, el pago se realiza en pesos mediante rembolso al medio electrónico utilizado o bien, en efectivo hasta por 50% del monto a pagar al turista, nunca superior a 10,000 pesos. El remanente se deposita de manera electrónica en la cuenta que éste indique.
La devolución de IVA a Turistas sólo está disponible en:
- Ciudad de México
- Guadalajara
- Cancún
- Los Cabos
- Puerto Vallarta
- Cozumel
- Playa del Carmen
- Cabo San Lucas
- Mazatlán
- Majahual
- Progreso
- Ensenada
¿Cuánto devolverá el DF a los turistas?
Según anuncian las autoridades locales, al igual que en otras capitales del mundo, el Distrito Federal devolverá 65% del IVA en compras a turistas internacionales.
El anuncio fue indicado por Miguel Torruco, destacando que el plan “Disfruta Ciudad de México” será un programa que promoverá que haya más turismo en la capital a través de paquetes turísticos y descuentos en negocios.
CFDI para devolución de IVA a turistas extranjeros
A efectos de cumplir con lo que indica el Código Fiscal de la Federación, los requisitos de identificación del turista serán los siguientes:
- Nombre del turista extranjero.
- País de origen del turista extranjero.
- Número de pasaporte.
El medio de transporte será identificado con el boleto o ticket que otorgue al turista el derecho de traslado, siempre que además de los datos del turista tenga lugar de origen y destino.
La solicitud de devolución del IVA a turistas extranjeros será emitida por la concesionaria y deberá contener como requisitos mínimos los siguientes:
- Lugar y fecha.
- Descripción de las mercancías adquiridas, señalando la forma de pago utilizado. El total de las mercancías adquiridas en efectivo no podrá rebasar la cantidad de $3,000.00 por turista.
- Monto o cantidad total de la operación con el IVA desglosado.
- Comisiones aplicables por el concesionario.
- Monto neto del IVA a devolver.
- Monto a devolver en efectivo.
- Nombre del turista extranjero.
- País emisor del pasaporte del turista.
- Número de pasaporte.
- Fecha de salida del país.
- Firma del turista extranjero.
- Tipo y número del medio de pago electrónico con el que se realizó la compra.
- La leyenda “La procedencia de la devolución está sujeta al debido cumplimiento de los requisitos previstos en la Resolución Miscelánea Fiscal y que el solicitante de la devolución se presente ante la concesionaria”.
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