Estamos a poco tiempo de las próximas Declaraciones Informativas anuales. En esta ocasión, los contribuyentes obligados a presentar declaraciones informativas de 2010, deberán hacerlo a más tardar el 15 de febrero de 2011, mediante el programa Declaración Informativa Múltiple (DIM)
A su vez, tras capturada la información, se debe enviar por Internet, o algún medio magnético según corresponda.
Medios en que se debe presentar la información:
- Magnéticos: Capturas con más de 1000 registros, ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente (ALSC), en unidad de memoria extraíble (USB) o en CD.
- Por internet: Capturas de hasta 1000 registros, a través del Portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Al momento de enviar la información, el SAT remitirá el acuse de recibo electrónico, mismo que podrá reimprimir en el Portal del SAT en internet para lo cual requiere la Clave de Identificación Electrónica (CIEC) actualizada o Firma Electrónica Avanzada (Fiel) vigente.
Pasos para obtener y utilizar el programa electrónico DIM
Contribuyentes que presenten la información mediante el programa deben hacer lo siguiente:
- Obtener el programa DIM 2011
- Instalarlo conforme se indica en dicho programa.
- Capturar los datos generales del declarante y la información solicitada en cada uno de los anexos
- Presentar la información mediante el archivo que genera el sistema, ya sea por internet en el Portal del SAT o en medios magnéticos
Expedición de constancias
Todos aquellos contribuyentes que deban expedir constancias a terceros pueden utilizar los anexos 1, 2 y 4 del programa DIM, en lugar de las formas fiscales:
- 37. Constancia de Sueldos, Salarios, Conceptos Asimilados, Crédito al Salario y subsidio al Empleo
- 37-A. Constancia de Pagos y Retenciones del ISR, IVA e IEPS
- 28. Constancia de Pagos Efectuados a Residentes en el Extranjero provenientes de Fuente de Riqueza ubicada en Territorio Nacional, respectivamente
Es de destacar que, en el anexo 1 deberá estar el sello y firma del empleador que lo imprime.
Declaración de operaciones con clientes y proveedores
Por último, aquellas personas morales y físicas con actividades empresariales y profesionales por el ejercicio fiscal de 2010, deben proporcionar a través de medios magnéticos la información de las operaciones realizadas con sus clientes y proveedores a más tardar el 15 de febrero de 2011.
La información de clientes y proveedores que se debe presentar es aquella cuyo monto anual sea igual o superior a 50,000 pesos.
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