¿Cómo realizar la deducción de pagos al extranjero?

pagos al extranjero

En el mundo impositivo, existen varias maneras de pagar menos impuestos, y las formas son diversa y lo que todos buscarán es pagar menos al SAT o bien abonar lo justo e indispensable para no tener problemas posteriores.

Ahora bien, existen empresas que efectúan operaciones con el extranjero, que ahora no importan los motivos, sino que el hecho es que muchas de ellas están gravadas en México para el extranjero por situarse la fuente de riqueza en territorio nacional.

En consecuencia, este tipo de operaciones generan responsabilidad al pagador de efectuar la retención del Impuesto sobre la Renta (ISR) o bien será responsable solidario en su pago. Pero hay que tener presente que, hay algunas obligaciones adicionales para poder deducir este tipo de pagos.

Las leyes fiscales mexicanas, en ningún momento obligan a un extranjero a expedir comprobantes fiscales por sus operaciones; eso sería una aplicación extraterritorial de la ley.

Sin embargo, la Regla Miscelánea 2014 I.2.7.1.16., establece que:

“para los efectos de los artículos 29, antepenúltimo párrafo y 29-A último párrafo del CFF, los contribuyentes que pretendan deducir o acreditar fiscalmente con base en comprobantes emitidos por residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México, podrán utilizar dichos comprobantes siempre que contengan los siguientes requisitos:…”

Y acto seguido da la lista de ellos que veremos más debajo.

¿Cuándo es posible deducir un gasto en el exterior?

Es importante saber en qué casos aplican los requisitos que veremos en posterior:

  • Un extranjero presta un servicio a un mexicano, sin importar dónde se preste el servicio.
  • Un extranjero enajena a un mexicano un bien que se encuentra en territorio nacional al efectuarse el envío o, cuando no hay envío, en el país se realiza la entrega material del bien por el extranjero.
  • Un extranjero da en arrendamiento un bien ubicado en territorio nacional a un mexicano.
  • Como puede observarse, esta regla no aplica en el caso de pagos que se hagan al extranjero por bienes que se importen por un mexicano. Algunos ejemplos en los que sí aplica esta regla, es en pagos de consultoría a un extranjero, pago de intereses a instituciones financieras extranjeras, pago de licencias o regalías a un extranjero, por mencionar solo algunos casos, y siempre que dicho extranjero no tenga establecimiento permanente en México.

Entonces, en primer lugar, para poder realizar la deducción de pagos al extranjero, debemos retener  el impuesto conforme el artículo 27, fracción V, de la LISR, como la ley manda. Además, estas empresas deberán:

  • Recabar copia de los documentos en que conste el pago de dichos impuestos.
  • Tener Comprobante de la operación

Un punto a considerar, es que los comprobantes fiscales recibidos, no tendrán que cumplir con los requisitos locales, dado que los extranjeros no están obligados por las leyes locales, lo cual es lógico.

Requisitos completos para deducir gastos en el exterior

Veamos el listado de requisitos para deducir un gasto realizado en el extranjero:

  • Debe ser un gasto estrictamente indispensable para el desarrollo de la actividad del contribuyente
  • Debe ser efectivamente pagado
  • Contar con el comprobante fiscal que ampare el acto
  • Haber retenido: ISR e IVA (en caso de corresponder)
  • Presentar declaración informativa de operaciones con el extranjero (DIMM)

¿Cómo deducir pagos al extranjero?

Puntualmente, aquellos contribuyentes que deseen hacer deducciones de los pagos emitidos a residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México, podrán utilizar dichos comprobantes siempre que contengan los siguientes requisitos:

  • Nombre, denominación o razón social.
  • Domicilio, número de identificación fiscal, o su equivalente.
  • Lugar y fecha de expedición.
  • Clave en el RFC de la persona a favor de quien se expida.
  • Cantidad, unidad de medida, descripción y otros similares.
  • Valor unitario.
  • Monto de los impuestos retenidos para bienes de uso temporal.

Asimismo, el contribuyente que quiera deducir los pagos al extranjero debera:

  • Presentar declaración informativa de pago al extranjero
  • Que las operaciones se efectúen a valores de mercado y contar con respaldo documental
  • Expedir constancias de retención

Asimismo, hay que destacar que, si queremos deducir estos pagos del IETU, debemos observar los requisitos de las deducciones marcadas en el articulo 31 de la LISR comentadas previamente con fundamento en el articulo 6 LIETU.

¿Cómo se deducen los gastos que se hagan en el extranjero a prorrata?

Según la regla I.3.3.1.41. de la Quinta Modificación a la RMF 2014 podemos deducir los gastos que se hagan en el extranjero a prorrata, pero no se aplicará lo que se indica en el artículo 28, fracción XVIII de la Ley del ISR, si se trata de este tipo de gastos, con quienes no sean contribuyentes del ISR si es que cumplimos los requisitos siguientes:

  • Gasto realizado sea estrictamente indispensable para la actividad del contribuyente.
  • Quienes cobren estos gastos en el extranjero a prorrata, sean residentes de un país que tenga en vigor un acuerdo amplio de intercambio de información con México.
  • Acreditar que el servicio que corresponda a dicho gasto efectivamente haya sido prestado.
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