Uno de los regímenes fiscales de las persona físicas con actividad empresarial en México, es el famoso régimen intermedio aplicable a las que se dediquen a actividades empresariales. En este caso, los contribuyentes que quieran tributar bajo este régimen fiscal deben de cumplir ciertos requisitos que marca la ley del Impuesto Sobre la Renta.
Asimismo, debemos saber que, en ningún caso el Régimen Intermedio sufrió modificaciones en relación con el ejercicio fiscal 2011, junto con la tarifa de ISR que es la misma para 2010, 2011 y 2012.
Las personas físicas que deseen estar dentro de este régimen deberán solicitar su inscripción en el RFC, para contar con su registro correspondiente, también deberán tramitar su FIEL ya que la van a necesita para formalizar sus comprobantes ya sea factura electrónica o factura en papel con Código de barras bidimensional, ya que una de sus obligaciones es emitir comprobantes fiscales.
En el caso de estar inscritos en el RFC, el requisito será hacer su respectiva actualización de obligaciones dentro de la página de internet del SAT en la sección denominada mi portal para lo cual se requiere contar con clave CIECF para acceder a los servicios electrónicos del SAT.
Cómo calcular el ISR de Régimen de Intermedio:
- Ingresos Acumulados
- ( – ) Gastos Acumulados
- ( = ) Base del Periodo
- ( – ) Limite Inferior
- ( = ) Excedente Lim. Inf.
- ( * ) % Aplicable de L.I.
- ( = ) Impuesto Marginal
- ( + ) Cuota Fija
- ( = ) Impuesto según Art. 113
Luego, tomamos la base de ingresos menos gastos:
- Base Gravable
- ( – ) Limite Inf. Art. 114
- ( = ) Excedente Lim. Inf.
- ( * ) % Aplicable del Lim. Inf.
- ( = ) Impuesto Marginal
- ( * ) % Impuesto Subsidio
- ( = ) Subsidio s/Imp. Marg.
- ( + ) Cuota Fija
- ( = ) Impuesto según Art. 114
Luego, determinamos lo siguiente:
- Impuesto según Art. 113
- Impuesto según Art. 114
- – Pagos Provisonales hechos con anterioridad
- = Pago Provisional
Con esto ya obtuvimos el Pago Provisional según el Art. 127, y para el cálculo del 5% de la Entidad Federativa es así:
- Base del Impuesto (Ingresos menos Egresos)
- ( * ) 5%
- ( = ) Total Entidad Federativa
Requisitos para tributar en régimen intermedio
- Este régimen fiscal es solo para personas físicas.
- Tiene límite de ingresos para poder tributar en él, es de 4 millones de pesos
- Tratándose de contribuyentes del sector primario o de autotransporte terrestre de carga de pasajeros el límite de ingresos será de 10 millones de pesos
- Realizar exclusivamente actividades empresariales
- Se debe pagar un 5% de la utilidad a la entidad federativa donde se encuentre ubicado el contribuyente
¿Qué ventajas tiene?
Las personas físicas que estén en este régimen podrán llevar una contabilidad simplificada, es decir llevaran un solo libro de ingresos, egresos, inversiones y deducciones, lo pueden hacer en la bitácora que entrega el SAT.
Por otra parte, podrán deducir los gastos efectivamente realizados en el ejercicio fiscal, el conocido flujo de efectivo para la compra de sus inversiones, en lugar de depreciar los activos excepto tratándose de automóviles, autobuses, tracto camiones y remolques que si deberán depreciarse.
No deberán formular estado de posición financiera, ni levantaran inventario de existencias al 31 de diciembre.