Beneficios fiscales para afectados por Odile

El SAT y la SHCP han determinado a través de una publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) donde se exime a los afectados por el Huracán Odile de la obligación de efectuar pagos provisionales del ISR en agosto, septiembre y octubre de 2014.

De esta manera, también se emitieron otros y diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas por Odile, en Baja California Sur.

odile beneficios fiscales

Como todos sabemos, el fenómeno natural, ocurrido los días 14 y 15 de este mes, ha causado daños materiales y también muertes afectando la economía, la planta productiva y poniendo en riesgo la preservación de las fuentes de empleo.

El beneficio se aplica desde hoy y estará vigente hasta el 31 de diciembre y exime a los afectados de la obligación de efectuar pagos provisionales del Impuesto Sobre la Renta (ISR) en agosto, septiembre y octubre de 2014, así como por el tercer trimestre y el segundo cuatrimestre del año, según se trate. Asimismo se exime de la obligación de efectuar pagos provisionales del impuesto sobre la renta correspondientes a los meses de agosto a diciembre de 2014, al tercero y cuarto trimestres de 2014, así como al segundo y tercer cuatrimestres de 2014.

Los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal, tendrán la opción de diferir la obligación de presentar las declaraciones bimestrales correspondientes a 2014, y permitir el entero en parcialidades del ISR retenido por salarios correspondientes a los meses de agosto, septiembre y octubre de este año.

En cuanto a los otros gravámenes, se permitirá el pago en parcialidades de los impuestos al Valor Agregado (IVA) y Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS) para esos meses.

La primera parcialidad se enterará en el mes de enero de 2015 y la segunda en el mes de febrero de 2015.

De igual forma, añade, se dará la posibilidad a contribuyentes que se dediquen exclusivamente a actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas, que presenten mensualmente las declaraciones del IVA correspondientes al segundo semestre de 2014.

Podrán deducir de forma inmediata las inversiones efectuadas en bienes nuevos de activo fijo que realicen en dichas zonas afectadas, durante el periodo comprendido entre el 15 de septiembre de 2014 y el 31 de octubre de 2015, en los ejercicios en los que adquieran dichos bienes, aplicando la tasa del 100 por ciento sobre el monto original de la inversión, siempre que dichos activos fijos se utilicen exclusiva y permanentemente en las mencionadas zonas, así como devolver el IVA de las solicitudes que se presenten a más tardar el 19 del mes en curso.

Se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes de la industria hotelera y restaurantera, cuyos inmuebles destinados a la prestación del servicio de hotelería y restaurante se encuentren en las zonas afectadas a que se refiere el artículo Décimo Segundo del presente Decreto, consistente en una deducción adicional a la utilidad fiscal determinada para efectos del impuesto sobre la renta del ejercicio fiscal de 2014, equivalente al 5 por ciento del total de los pagos efectuados por la adquisición de diésel para el uso en su actividad empresarial durante los meses de septiembre a diciembre de 2014.

Tratándose de las obligaciones a cargo de los patrones y demás sujetos obligados, previstas en la Ley del Seguro Social, se autoriza el pago a plazos, ya sea en forma diferida o hasta en 12 parcialidades, sin que se generen recargos y actualizaciones de las cuotas causadas durante los meses de agosto a diciembre de 2014, para que éstas sean cubiertas a partir del mes de enero de 2015.

Otros beneficios del SAT para afectados por Odile

Devolución del IVA para los contribuyentes afectados por el huracán “Odile”

El SAT resolverá los trámites de solicitud de devolución del IVA en un plazo máximo de diez días hábiles siempre que la solicitud se hubiese presentado antes del 19 de septiembre de 2014, y sin importar el mes por el cual se solicite la devolución.

En el caso de devolución del IVA por gastos e inversiones en el reacondicionamiento, reparación, restauración o reconstrucción, será de saldos a favor de periodos de septiembre, octubre, noviembre o diciembre de 2014, que se declaren y soliciten a más tardar el 31 de enero de 2015.

Asimismo, el IVA acreditable tendrá que derivar en más del 50% en el periodo solicitado, de gastos e inversiones relacionadas con el reacondicionamiento, reparación, restauración y/o reconstrucción o adquisición de bienes de activo fijo dañados o perdidos a consecuencia del huracán “Odile”.

Autorización para realizar erogaciones en efectivo

Se libera temporalmente de la obligación de pagar las erogaciones con transferencia electrónica de fondos, cheques nominativos, tarjetas de crédito, de débito, de servicios, o a través de los monederos electrónicos, a los contribuyentes afectados por Odile, siempre y cuando las erogaciones no excedan de 100 mil pesos por operación y se efectúen durante el periodo comprendido entre el 15 de septiembre y el 31 de octubre de 2014.

Expedición de CFDI y registros en mis cuentas”

Los afectados podrán expedir los comprobantes fiscales por los actos o actividades que realicen, por los ingresos que perciban o por las retenciones de contribuciones que efectúen dentro de dichos municipios, o registrar en herramienta electrónica “Mis Cuentas” sus ingresos, egresos, inversiones y deducciones antes mencionados, realizados durante el periodo comprendido entre el 15 de septiembre y el 3 de octubre de 2014, a más tardar el 31 de octubre de 2014.

Beneficios del IMSS

Las 35 delegaciones del Seguro Social serán habilitadas para recibir donaciones de la población. En concreto, el IMSS buscará apoyar a la población afectada por el paso del huracán Odile por el estado de Baja California Sur. En todas sus delegaciones recibirá artículos de primera necesidad para ayudar a los damnificados.

Se pide la entrega de productos como:

  • Alimentos enlatados
  • Agua potable embotellada
  • Frijol
  • Arroz
  • Aceite comestible
  • Galletas saladas
  • Leche en polvo
  • Azúcar
  • Café
  • Sal
  • Pañales y toallas femeninas desechables
  • Ropa limpia
  • Cobijas
  • Alimento para mascotas
  • Jabón
  • Pasta dental
  • Detergente en polvo o líquido

Por otra parte, para los pago a plazos, ya sea en forma diferida o en parcialidades, de las cuotas de los meses de agosto, septiembre y octubre de 2014, cuyo pago correspondió efectuarse a más tardar el día 17 de septiembre para el mes de agosto, y corresponderá efectuarse el día 17 de octubre para el mes de septiembre, y el día 18 de noviembre para el mes de octubre del mismo año.

Las solicitudes deberán presentarse por los patrones y demás sujetos obligados, a más tardar el 15 de octubre de 2014.

Podrán diferir el pago de las parcialidades correspondientes al propio mes de agosto de 2014 y las subsecuentes que se les haya autorizado, reanudando su pago en los mismos términos y condiciones autorizados, a partir del mes de noviembre de 2014, sin que se considere que las parcialidades no fueron cubiertas oportunamente, por lo que no se generarán recargos por prórroga o mora.

Beneficios de Infonavit

Como el IMSS, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), también se encuentra dando una mano a los afectados por el huracán Odile.

Actualmente se encuentra realizando un censo para aplicar el seguro contra daños en las viviendas afectadas, así como el seguro sobre los enseres domésticos de los acreditados.

Asimismo, otra de las medidas que se implementarán para apoyar a los damnificados será el otorgar una prórroga de hasta tres bimestres (quinto y sexto de 2014, así como el primero de 2015) para todos los acreditados afectados con y sin relación laboral.

Adicionalmente, los acreditados que perdieran la relación laboral y que sean sujetos al seguro de desempleo podrán hacer uso del apoyo del Fondo de Protección de Pagos, al realizar un copago que va desde los 250 hasta 740 pesos mensuales.

Por otra parte, se condonarán totalmente los recargos y multas que se generen por el pago extemporáneo de las aportaciones del quinto y sexto bimestre de 2014 y primero de 2015.

Beneficios de Fovissste

El FOVISSSTE ha comenzado a gestionar el pago del seguro que ayudará a sus acreditados a cubrir costos de reparación, menaje e incluso, el pago de renta de otra vivienda hasta por seis meses, cuando aquella del afectado no se encuentre en condiciones habitables.

Para las empresas aportantes, el apoyo consistirá en la suspensión de acciones fiscales de manera temporal y el aplazamiento en el pago de dichas aportaciones sin recargos, mismos que junto con las multas por pago a destiempo, serán condonadas en un 100%.

Al igual que Fovissste, el Infonavit ha puesto a disposición de los habitantes de Baja California, el número gratuito 01 800 008 3900 para asuntos relacionados con dichos apoyos.

Prórrogas de vencimientos

Como parte de los beneficios que se otorgan a los afectados por el huracán Odile, también se darán dos prórrogas importantes:

  1. Prórroga de 40 días para la presentación del dictamen ante el IMSS.
  2. Prórroga hasta enero 2015 para la presentación de los avisos correspondientes a la Ley de Anti-Lavado.
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