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Archivos de la categoría: SAT

SIPRED 2011

El SIPRED se trata de un software del Servicio de Administración Tributaria (SAT) que se utiliza para poder realizar la presentación de los dictámenes fiscales a través de Internet. Fue creado para poder facilitar el cumplimiento oportuno de las obligaciones fiscales.

Importante es saber que se ha cambiado a la versión 5.0.0.0 en el SIPRED 2011, la cual se realizó para optimizar el funcionamiento del sistema, por lo que no afecta las plantillas, ni los dictámenes que se hayan capturado.

Beneficios SIPRED:

  • Facilidad en el llenado del dictamen fiscal a través del programa SIPRED
  • Seguridad, rapidez y oportunidad en la presentación del dictamen fiscal
  • Cómodo y confiable para la presentación del dictamen fiscal

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Formato Repecos

formato repecos

Todos tenemos una vez que debemos tener que salir por un crédito o soporte para nuestra empresa. Pese a esto, sepa que hay algunas opciones para pequeños contribuyentes, o mejor llamados Repecos, lo cual garantiza al contribuyente su lugar en el mundo empresarial.

Lo que tiene de bueno de estar dentro del Formato Repecos, es que cada entidad federativa puede determinar una cuota fija integrada de impuestos federales para los Repecos. De esta manera, evitamos todos los trámites de la declaración anual y mensual del ISR y obtenemos otros beneficios impositivos.

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Pago electrónico e5cinco

El esquema de Pago Electrónico e5cinco permite pagar los derechos, productos y aprovechamientos (DPA’s) a través de Internet y de ventanilla bancaria, para dejar a un lado la utilización de las formas fiscales 5 y 16. De esta manera, se genera mayor agilidad en el pago y la realización de trámites en dependencias y entidades.

¿Qué es e5cinco?

Es un nuevo esquema para el pago de derechos, productos y aprovechamientos (DPA’s), a través de Internet y de ventanilla bancaria creado el 22 de noviembre del 2004. Se pueden pagar trámites o servicios, como por ejemplo:

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¿Que sucede si no presento mi declaración?

Hoy se termina el plazo para la presentación de la declaración anual 2011. Si nosotros, como sujetos pasivos del Estado Mexicano, no presentamos estas declaraciones nos podemos hacer acreedores a requerimientos por parte del SAT donde se nos brinda un plazo para presentar la obligación y claro ya acompañado de una Multa por infringir las leyes fiscales.

Además de que si no se presenta la obligación que se nos pide en el requerimiento dentro del plazo establecido en el mismo nos generaría una multa mas por no cumplir con lo que se nos está pidiendo es decir ya tendríamos 2 multas por una sola obligación, una por no haber presentado la declaración en tiempo y otra por no cumplir con el requerimiento y recordemos que las multas se impondrán por cada una de las obligaciones y/o declaraciones no presentadas de acuerdo a los lineamientos que nos marca el Título IV del Código Fiscal de la Federación.

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¿Como declarar deducciones personales?

Si bien es cierto que estamos cerca de culminar el plazo para la presentación de la Declaración Anual 2011 de personas físicas y las personas que se encuentren obligadas a realizar esta declaración, no deben dejar de lado sus gastos por concepto de deducciones personales como los son los gastos médicos, los gastos dentales, gastos hospitalarios, intereses pagados por crédito hipotecario entre otros todos los que vienen listados en el artículo 176 de la Ley de ISR, ya que estas deducciones nos ayudan a disminuir aún más la utilidad o bien la ganancia determinada en el ejercicio después de haber aplicado las deducciones autorizadas para cada régimen fiscal establecidos en el título IV de la ley del ISR.

Éstas deducciones única y exclusivamente aplican para personas físicas y se disminuyen en la Declaración anual que se presenta en el mes de abril del año siguiente al que corresponda la declaración, no olviden también tener su FIEL o su CIECF para poder enviar su declaración y recuerden que si su saldo a favor es igual ó mayor a $13,970 la declaración deberá enviarse con FIEL, las deducciones personales son las siguientes:

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Deducciones Personas Fisicas

Cada día falta menos para el pago del impuesto sobre renta o ISR. Tal como indica la Ley de Impuesto sobre Renta, recordamos que hubo un incremento del ISR en el año 2010 alcanzando el 30%, tasa que estará vigente durante 2011, e ISR 2012.

Para la declaración anual 2012, cada una de las personas físicas alcanzadas por este gravamen, tendrá la obligación de calcular su impuesto anual realizar las deducciones autorizadas en la ley, a las cuales tendrán el derecho de añadir las siguientes deducciones personales:

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