RFC Personas Morales

En nuestra web solemos hablar más que nada de técnicas y guías para personas físicas, dado que son las que mayores inconvenientes pueden tener a la hora de presentar y declarar sus impuestos. No obstante, no podemos dejar de lado a las personas morales, empresas o sociedades.

Para ellos, también veremos las reglas o indicaciones para poder calcular el RFC Homoclave de Personas Morales.

Regla Primera

Como sucede, hay que ver las letras de las palabras que componen su nombre. En este sentido, las tres primeras letras de las 3 primeras palabras de la denominación o razón social o en caso en la copia del documento que motivó su origen.

A modo de ejemplo:

  • Bernardina Industrial Azucarera, S. de R. L.
  • Primera Palabra: Bernardina = B
  • Segunda palabra: Industrial = I
  • Tercera palabra: Azucarera = A
  • Resultado de la expresión alfabética: BIA

Regla Segunda

Tras tener las primeras 3 letras, se colocará la fecha de constitución de la persona moral, como vemos a continuación:

  • Año: sólo las últimas cifras.
  • Mes: mes de constitución.
  • Día: en números arábigos.
  • Año: 1983 = 83
  • Mes: Noviembre = 11
  • Día: 20 = 20
  • Dando como resultado la expresión numérica: 831120

Ahora juntemos las primeras dos reglas:

  • Bernardina Industrial Azucarera, S. de. R.L. BIA-821120

A tener en cuenta que, si el mes o día son de una cifra se le antepondrá un cero, ejemplos:

  • Año: 1983 = 83
  • Mes: Marzo = 03
  • Día: 5 = 05
  • Como resultado tendremos la expresión numérica: 830305

Regla tercera

Si la letra de cualquier palabra del nombre es compuesta como la Ch o la Ll, se anotará la primera de ellas, es decir la C o la L.

Regla cuarta

En los casos en que la denominación o razón social esté compuesta sólo de iniciales, para estos efectos se consideran palabras, por tanto deben tomarse en cuenta como tales:

  • F.A.Z., S.A. = FAZ
  • U.S. Ruber = USR

Regla quinta

No se considerarán nunca las abreviaturas: ”S. en N.C.”,”S. en C.”, “S. de R.L.”, “S. en C. por A.”, “S.A.”, “S.A. de C.V.”, “S.N.C.”, “S.C.”, “A.C.”, “A. en P.”, “S.C.L.”, “S.C.S.”, que expresan tipo de sociedad.

Regla sexta

En el caso de que el nombre esté compuesto de dos elementos, se tomará la letra inicial de la primera palabra y las dos primeras letras de la segunda:

  • Fonograbaciones Cinelandia, S. de R.L. = FCI

Regla séptima

Si la denominación o razón social se compone de un solo elemento, para efectos de conformación de la clave, se tomarán las tres primeras letras consecutivas del mismo, ejemplo:

  • Arsuyama, S.A. = ARS

Regla octava

Cuando la denominación o razón social se componga de un solo elemento y sus letras no completen las tres requeridas, para efectos de conformación de la clave, se tomaran las empleadas por el contribuyente y las restantes se suplirán con una “X”, ejemplos:

  • Al, S.A. = ALX
  • Z, S.A. = ZXX

Regla novena

Si existen artículos no se los considerará como elementos de integración de la clave.

Regla décima

Cuando la denominación o razón social contenga en algún o en sus tres primeros elementos números arábigos, o números romanos, para efectos de conformación de la clave éstos se tomarán como escritos con letra y seguirán las reglas ya establecidas, como vemos a continuación:

  • El 12, S.A. = DOC-801029

Regla onceava

La palabra Compañía o su abreviatura Cía., así como la palabra Sociedad o su abreviatura Soc., no se incluirán en la conformación de la clave, ejemplos:

  • Compañía Periodística Nacional, S.A. = PNA

Regla duodécima

Si dentro del nombre hay caracteres especiales, éstos deben de excluirse para el cálculo del homónimo y del dígito verificador. Los caracteres se interpretarán, sí y sólo si, están en forma individual dentro del texto de la denominación o razón social. Ejemplos:

  • LA S@NDIA S.A DE C.V. = SND
  • LA @ S.A. DE C.V = ARR
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