Alta empleados en el RFC

alta empleados RFC

Existen nuevas formas de realizar el trámite para la alta de empleados al RFC, aunque para ello ahora será necesario crear un archivo en formato TXT.

Pues bien, el SAT también preparó su propio sistema para la creación de ese archivo TXT necesario para el trámite, mismo que deberá ser entregado al SAT ya sea en ventanilla o por Internet.

Este nuevo programa lleva a cabo la inscripción de los trabajadores de manera masiva, ya que en un sólo trámite se realiza la solicitud y la inscripción de cinco trabajadores o más con el mínimo de requisitos, a diferencia de la inscripción uno a uno de sus trabajadores.

Para utilizar este servicio sólo tiene que realizar las siguientes pasos:

  1. Generar el archivo de sus trabajadores con medios propios o a través del aplicativo RU-Electrónico.
  2. Solicitar el trámite de inscripción y adjuntar el archivo generado en el punto anterior.
  3. Consultar el estatus y el resultado del trámite realizado.

Tenga en cuenta que, el plazo máximo para el resultado de su trámite es de 15 días hábiles posteriores a dicha solicitud.

En el caso de que quieran obtener su Homoclave de RFC, es decir, el Registro Federal de Contribuyentes una clave asignada a todas las Personas físicas en México que realicen alguna actividad licita obligada a tributar o toda Persona moral sin excepción, debe llevar datos personales del contribuyente o persona física como su nombre y fecha de nacimiento; o nombre y fecha de origen de la persona moral.

Para inscribirse en el RFC el potencial contribuyente deberá tramitarla a través de Internet y concluirlo en cualquier Administración Local de Servicios al Contribuyente dentro de los diez días siguientes al envío de la solicitud.

Para presentarse en la Administración Local primero deberá concertar una cita, y presentarse con los siguientes documentos en original:

  • Acta de nacimiento o constancia de la CURP.
  • Comprobante de domicilio
  • Identificación personal
  • Número de folio asignado que se le proporcionó al realizar el envío de su preinscripción
  • En su caso, copia certificada del poder notarial con el que acredite la personalidad del representante legal, o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante notario o fedatario público.
  • Tratándose de personas morales en lugar del acta de nacimiento deberán presentar copia certificada del documento constitutivo debidamente protocolizado.

¿Inscribir Empleados al RFC vía DIM?

Una de las formas para cumplir nuestra obligación de inscribir a los empleados al RFC es utilizar el programa DIM, por el cual se realiza la informativa de sueldos y salarios.

Dentro de la Resolución Miscelánea 2012 ya se dejaba expreso lo siguiente;

I 2.4.6 Inscripción al RFC de trabajadores

Para los efectos de los artículos 27, quinto párrafo del CFF, 20, fracción II y 23 de su Reglamento, las solicitudes de inscripción de trabajadores se deberán presentar por el empleador mediante dispositivo magnético de conformidad con las características técnicas y con la información señalada en la ficha 49/CFF denominada “Inscripción al RFC de trabajadores” contenida en el Anexo 1-A. Esta información deberá presentarse ante la ALSC que corresponda a su domicilio fiscal.

PÁRRAFO ANTERIOR MODIFICADO EN LA 3RA MODIFICACIÓN A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA 12/10/2012

Para los efectos de los artículos 27, quinto párrafo del CFF, 20, fracción II y 23 de su Reglamento, las solicitudes de inscripción de trabajadores se deberán presentar por el empleador de conformidad con los medios, las características técnicas y con la información señalada en la ficha de trámite 49/CFF denominada “Inscripción al RFC de trabajadores” contenida en el Anexo 1-A.

Asimismo, los empleadores que no hayan inscrito ante el RFC a las personas a quienes les hubieran efectuado, durante el ejercicio de 2011, pagos de los señalados en el Título IV, Capítulo I de la Ley del ISR, tendrán por cumplida esta obligación cuando la Declaración Informativa Múltiple que se encuentren obligados a presentar en los términos de la Sección II.2.8.4., contenga la información de la clave del RFC a diez posiciones y la CURP de las citadas personas.

CFF 27, RCFF 20, 23, RMF 2012 II.2.8.4.

Por ende para el ejercicio 2012 ya no existe la posibilidad de cubrir dicha obligación bajo dicha facilidad, si no deberá ser acudiendo al RFC por parte del trabajador o bien darlo de alta por medio de MI PORTAL en la página del SAT.

Es decir, para el año 2013, la posibilidad de emplear el DIM para inscribir a los trabajadores fue eliminado, así que toma tus precauciones para conocer con antelación el RFC de los trabajadores.

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