Los comprobantes fiscales son documentos que se entregan o reciben al momento en que se adquiere un bien, un servicio o se hace uso temporalmente de bienes inmuebles.
Estos comprobantes poseen ciertos requisitos fiscales, que detallamos a continuación:
- Nombre impreso, denominación o razón social, domicilio fiscal y clave del Registro Federal de Contribuyentes de quien los expida
- Impreso el número de folio
- Lugar y fecha de expedición
- Clave del Registro Federal de Contribuyentes de la persona en favor de quien se expidan
- Cantidad y clase de mercancías o descripción del servicio prestado
- Valor unitario consignado en número e importe total consignado en número o en letra
- Monto de los impuestos que en los términos de las disposiciones fiscales deban trasladarse
- Número y fecha del documento aduanero, aduana por la cual se realizó la importación
- Fecha de impresión y datos de identificación del impresor autorizado
- Vigencia del comprobante
Asimismo, los requisitos establecidos en la Resolución Miscelánea Fiscal son los siguientes:
- Cédula de Identificación Fiscal. Si se trata de Personas físicas debe contener la Clave Única del Registro de Población
- La leyenda: “La reproducción no autorizada de este comprobante constituye un delito en los términos de las disposiciones fiscales“
- Registro Federal de Contribuyentes, nombre, domicilio, y en su caso el número telefónico del impresor, y fecha en que se incluyó la autorización correspondiente en el portal de Internet del SAT
- Fecha de impresión
- La leyenda: “Número de aprobación del Sistema de Control de Impresores Autorizados” , seguida del número generado por el sistema
- Para personas físicas que tributen según el Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales, así como el Régimen Intermedio, además deberán imprimir la leyenda “Efectos fiscales al pago”.