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Buenas noches. De 1994 a 2000 tributé como honorarios hasta que hice mi última declaración en ceros de ese año y dejé de presentarlas posteriormente (no tengo comprobante de baja de esta obligación hasta el 2002 que actualicé mis obligaciones como solo asalariado a pesar de que desde 1997 a 2000 tengo declaraciones en cero por honorarios). De hecho, he sido asalariado desde 1997 hasta la fecha pero en el SAT me mostraron y logré que me imprimieran una pantalla donde aparece que lo soy a partir de 2002. En adición a lo anterior, de 2011 al 1 ene 2014 fui Repeco y sueldos.

Por lo que en abril 2014 fui al SAT a presentar mi declaración anual por sueldos y solicité cita para asesoría de mi REPECO ahora RIF, y en la Oficina Oriente del DF me dijeron que jamás pude ser REPECO por los honorarios que son considerados actividad empresarial y que si no tengo mi suspensión de ese régimen (honorarios) es obligado que pase al Régimen General de Ley y presente la declaración de los 2 primeros meses de este régimen.

Les dije que si se comunicaban con la Tesorería como ellos así lo declaran, debieron de habérmelo dicho cuando me inscribí como REPECO ya que yo pagué mis impuestos bajo ese régimen en tiempo y forma, mientras tuve esa actividad y tengo constancia de ello.

No obstante esa declaración de los asesores del SAT que ahora quieren incorporarme al régimen general de ley, no he recibido ningún requerimiento al 10 de julio 2014, pero sí una invitación a mi correo electrónico en abril 2014 para presentar el pago provisional mensual de ISR correspondiente a enero y febrero 2014 por régimen de actividades empresariales y profesionales.

Por lo que no estoy de acuerdo, toda vez que si fui REPECO y la última declaración de honorarios en ceros fue en 2000 y para 2002 ya solo tributaba en sueldos y salarios, en consecuencia mi régimen correspondiente en 2014 sería el RIF.

¿Sería válida mi impugnación ante el SAT?

Gracias.



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Damián, vemos algo complejo lo que vas a plantear, dado que en el SAT son muy cerrados con este tipo de cosas. Te recomiendo que hagas el intento por la vía administrativa y sino que te asesores con un abogado para ver cómo salir adelante.

Saludos

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