0

Cuando se llegan a cancelar pólizas de seguros de riesgos, la compañía de seguros devuelve la prima por el periodo no devengado. Estas cantidades serán un ingreso para el contribuyente. ¿Cuál es la forma correcta de acumularlas? ¿Son ingresos para ISR y para IVA? La compañía de seguros no emitió ningún tipo de comprobante fiscal por la devolución.

Gracias



0

Vietka, sólo serán un ingreso acumulable para ambos impuestos si anteriormente fueron consideradas como gasto deducible. Sino, no tiene sentido, porque es una mera devolución.

Saludos

Si te ha servido esta respuesta, puedes enterarte de las novedades: Hazte fan en Facebook, Twitter y Google para recibir las actualizaciones:

   



Tu Respuesta