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Me dedico a la elaboración de mole y lo envaso por kilos o medios kilos. Los vendo a restaurantes y a amas de casa. Estoy registrada en RIF con la actividad, quizás equivocada, de Elaboración de Alimentos Frescos para Consumo Inmediato.

Tengo dilema si grava IVA 0% o 16% o en caso ventas público general qué tasa me correspondería. Pregunté al SAT, y me dicen 16%, pero lo elaboro en pasta, no lo cocino para para consumirlo de inmediato.

¿Será necesario modificar la actividad?

Les agradeceré sus comentarios.



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