Para dar facilidades a las personas físicas que tengan a su cargo personal doméstico, durante la jornada de ayer se ha publicado en el Diario Oficial de la Federación un Acuerdo que autoriza el pago bimestral de las cuotas a cargo del patrón persona física en concepto de aseguramiento de los trabajadores domésticos en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
¿Qué beneficio se otorga a los patrones?
Lo que se busca es que por medio del acuerdo se ofrezca la autorización a los empleadores, personas físicas, a efectuar su pago de cuotas patronales por el aseguramiento de los trabajadores domésticos de forma bimestral.
Esto está apuntado a dos cuestiones clave, según entendemos:
- Acomodar los pagos de IMSS con los vencimientos de los RIF
- Facilitar a las personas físicas a no estar pendientes cada mes con estos pagos
¿Cómo será el sistema?
Todavía la cuestión se encuentra en pañales, dado que recién se ha apuntado a la Dirección de Incorporación y Recaudación a establecer los procedimientos técnicos, operativos y los formatos necesarios para poder dar estas facilidades.
¿Cuándo entrarán en vigencia los pagos bimestrales al IMSS?
Como dijimos bien previamente, aún no se encuentra en vigencia, dado que comenzará a tener validez cuando el IMSS ponga a disposición de los patrones con trabajadores domésticos la herramienta que permita el pago bimestral a través de la página de Internet del instituto.
¿Para quienes aplica esta ventaja?
Es importante mencionar que la facilidad del pago bimestral será tanto para nuevos patrones como también para los actualmente registrados, es decir, para los 2 mil 540 trabajadores inscritos en este régimen voluntario del IMSS.
Esta medida de los pagos bimestrales para los trabajadores domésticos aplicará también para aquellos nuevos asegurados o bien, los que renueven su registro.
Sin embargo, es importante indicar que los trabajadores domésticos seguirán en el Régimen Voluntario.
¿Cuáles son los Requisitos?
Si queremos inscribir a un trabajador, como patrón se debe realizar un pago anual anticipado de la cuota estimada sobre un sueldo mensual, siempre teniendo como base una vez el salario mínimo vigente en el Distrito Federal.
Documentos que debe presentar el Patrón
- Identificación oficial con fotografía y firma, en original y copia
- Comprobante del pago de la cuota anual anticipada del aseguramiento, en copia
Si deseas continuar brindándole las prestaciones del Seguro Social a tu empleado y el trámite lo realizas dentro de los 30 días naturales anteriores al vencimiento, debes presentar:
- Identificación oficial con fotografía y firma, en original
- Comprobante del pago de la cuota anual anticipada del aseguramiento, en copia
- Comprobante de domicilio del trabajador doméstico, en copia.
- En caso de que la solicitud sea presentada de manera extemporánea, deberás presentar el escrito dentro de los 30 días naturales posteriores al vencimiento, en original; si tu trabajador requiere que se le acuse de recibo, deberás traer una copia para ello.
Documentos que debe presentar el Trabajador Doméstico
- Identificación oficial con fotografía y firma, en original
- Comprobante de domicilio
- Acta de nacimiento, en original y copia
- CURP
- Cuestionario médico que te proporciona el IMSS, llenado por tu trabajador doméstico y por cada familiar a asegurar, cuando aplique, en original
Vigencia de la cobertura
La cobertura tendrá vigor durante un año, a partir del primer día del mes siguiente al de su ingreso al Seguro Social.
Podrás renovar la incorporación de tu trabajador doméstico al IMSS, dentro de los 30 días naturales previos al vencimiento de la anualidad contratada que está transcurriendo.