Obtener el RFC por Notarios y Corredores

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El SAT o Servicio de Administración Tributaria, ha anunciado que a partir de ahora existe un nuevo programa, el llamado “Incorporación al Registro Federal de Contribuyentes por Medios Remotos”. Gracias a su puesta en vigencia, ya se podrá obtener el RFC a través de los fedatarios.

De esta manera, buscando siempre agilizar los trámites y ante la gran demanda de citas que existen en el SAT, con demoras de hasta un mes, todo lo que sea inscripción y avisos al Registros Federal de Contribuyentes, podrán efectuarse por medio de las personas reconocidas como fedatarios (Notarios y Corredores), siempre y cuando estén autorizados por el SAT.

¿Cuáles son los beneficios?

Este programa es simple, y como ventaja vemos que tanto personas morales o empresas que pretenden constituirse ante ellos (fedatarios) como una Sociedad Anónima, una Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedad Civil, Asociación Civil, Sociedad Cooperativa, tendrán que hacer un único trámite en vez de esperar a ser atendidos en el SAT.

Concretamente, aquel contribuyente que acuda con el Corredor o Notario, se les dará el beneficio de que ahí mismo se les otorgue el Registro Federal de Contribuyentes (RFC). De esta manera agilizaremos la obtención del RFC, el Contribuyente ya no tendrá que ir de un lugar a otro para obtenerlo.

¿Quiénes pueden inscribirnos en el RFC?

No todos los fedatarios están habilitados para prestar este servicio, sino únicamente los que estén bajo autorización del Servicio de Administración Tributaria se encuentran en la página web del SAT. Ahí aparecen por entidad federativa quienes son los autorizados para brindar este servicio.

Si quiere consultar el padrón, dado que no está tan visible, le recomendamos ingresar aquí.

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