La Ley IETU (Impuesto Empresarial a Tasa Única) fue aprobada por el Congreso de la Unión el 1° de junio de 2007 y entró en vigor el 1 de enero del 2008. Grava la percepción efectiva de ingresos para las operaciones de enajenación de bienes, prestación de servicios y otorgamiento en uso o goce temporal de bienes.
Según indica en sus primeros artículos, los sujetos que están alcanzados son las personas físicas y morales residentes en territorio nacional, incluyendo las residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el país.
En cuanto a su alcance, todos los ingresos obtenidos producto de la realización de las actividades señaladas al comienzo son gravados por este impuesto y se acumularán para efectos del IETU cuando sean efectivamente cobrados. Por su parte, existe la opción de deducir las erogaciones, Impuesto sobre la Renta (ISR), intereses de contratos de préstamo, financiamiento o arrendamiento financiero y aportaciones de seguridad social.
Exentos del IETU:
- Ingresos obtenidos por Entidades Federativas, Municipios, órganos constitucionales autónomos, entidades de administración pública paraestatal, partidos, asociaciones, sindicatos obreros y las sociedades civiles organizadas con fines científicos, políticos, religiosos y culturales.
- Actividades agrícolas, ganaderas o pesqueras.
Tasas IETU aplicables:
- Tasa IETU en 2008: 16.5%
- Tasa IETU en 2009: 17%
- Tasa IETU en 2010: 17.5%
- Tasa IETU en 2011: 17.5%
- Tasa IETU en 2012: 17.5%
- Tasa IETU en 2013: 17.5% tasa vigente del IETU
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