La reforma fiscal para 2014 contiene la eliminación completa del IDE durante el año próximo. La misma ya ha sido aprobada y promulgada, con la publicación en el DOF.
A partir de 2014 los Depósitos en Efectivo únicamente serán un indicador para ser vigilado por las instituciones bancarias. Es decir que, en concreto el Impuesto por Depósitos en Efectivo desaparece.
No obstante ello, y la buena noticia que esto acarrea, las entidades bancarias tendrán la obligación de proporcionar información sobre depósitos en efectivo.
En concreto, la reforma fiscal establece que los bancos están obligados a informar anualmente a las autoridades fiscales sobre los depósitos en efectivo, recibidos por los contribuyentes en las cuentas que tengan abiertas cuando sobrepasen los $15,000.00 mensuales.
Por medio de esta nueva obligación se tendrá una buena fuente de información para poder fiscalizar las operaciones de los contribuyentes, más que nada tendientes a cumplir también con la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.
En concreto, durante la presentación de la reforma fiscal 2014 presentada por el presidente Enrique Peña Nieto, se puedo apreciar que además de que no se gravarán alimentos ni fármacos, además de que se eliminará el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) junto al IDE.
El Ejecuitivo Federal afirmó que la propuesta de reforma hacendaria propone la eliminación del Impuesto Empresarial de la Tasa Única (IETU) y del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE).
“La nueva Ley del ISR reconoce que el mínimo vital, como proyección del principio de proporcionalidad tributaria, es una garantía de las personas, por virtud (…) por lo que se propone una iniciativa con diversa modificaciones a las disposiciones fiscales, resaltando en general la importancia de contar con un impuesto al ingreso más sencillo y con una base más amplia”.
En concreto, vemos que se prevé la abrogación de la Ley del IDE, donde desaparecen las obligaciones establecidas por las instituciones del sistema financiero de informar al SAT sobre los depósitos en efectivo que se efectúen en las cuentas abiertas a nombre del contribuyente en dichas instituciones.
Se espera que, mediante estos cambios, se logren acaparar 240 mil millones de pesos más para el 2014.
Hay que tener en cuenta que, la eliminación del IDE y del IETU serían considerados como estratégicos para elevar la competitividad en las empresas.
¿Qué información presentarán las entidades bancarias?
Es importante mencionar que dentro de la nueva Ley del Impuesto sobre la Renta, establece una obligación a las instituciones del sistema financiero, la cual intima a proporcionar anualmente a más tardar el 15 de febrero la información de depósitos en efectivo que se realicen en las cuentas abiertas a nombre de los contribuyentes en dichas instituciones, cuando el monto mensual acumulado por los depósitos en efectivo que se realicen en todas las cuentas de las que el contribuyente sea titular en una misma institución del sistema financiero exceda de $15,000.00, así como respecto de todas las adquisiciones en efectivo de cheques de caja.
Aunque el IDE esté derogado, las obligaciones y derechos que hubieran nacido durante la vigencia de la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo, deberán ser cumplidas en las formas, plazos y términos establecidos en las disposiciones fiscales vigentes hasta el 31 de diciembre de 2013.
¿Pueden presentar la declaración mensual?
Según la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014 se permite a las instituciones del sistema financiero optar por dar cumplimiento con la obligación indicada en los párrafos anteriores de manera mensual.
Las que opten por este sistema tendrán que efectuar la presentación de la declaración mensual de depósitos en efectivo.
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