Con la nueva Ley de regulación anti lavado de dinero, es importante que sepamos que si somos personas o sujetos obligados a informar, debemos conservar la documentación que emitamos por un cierto período de tiempo.
En concreto, todas las personas que realicen las actividades vulnerables que se indicarán a continuación, que acarrean la obligación de presentar avisos de acuerdo al Artículo 23 de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con recursos de Procedencia Ilícita (Ley Anti-Lavado), están obligadas a conservar cierta documentación comprobatoria.
Como bien expresa la normativa, los sujetos obligados deberán:
Custodiar, proteger, resguardar y evitar la destrucción u ocultamiento de la información y documentación que sirva de soporte a la Actividad Vulnerable, así como la que identifique a sus Clientes o usuarios, por un plazo de 5 años contando a partir de la fecha de la realización de la Actividad.
Recordemos que las actividades vulnerables son:
- Práctica de juegos con apuestas
- Emisión o comercialización de tarjetas de servicios prepagadas o de crédito no bancarias
- Operaciones de mutuo, de garantía, de crédito o de préstamo
- Servicios de construcción e intermediación
- Comercialización e intermediación de metales o piedras preciosas, joyas o relojes y de obras de arte
- Comercialización y distribución de vehículos terrestres, aéreos y marítimos
- Servicios de blindaje
- Servicios de traslado de valores y dinero
- Servicios profesionales independientes relacionados con: compra-venta o cesión de derechos de bienes inmuebles; administración y manejo de recursos, valores o activos; entre otros
- Servicios de fe pública a cargo de notarios y corredores públicos
- Recepción de donativos
- Servicios de comercio exterior
- Operaciones de arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles
¿Qué sucede si no cumplimos con esta norma?
Hay que tener presente que tendrá una multa de 10 mil salarios (647 mil 600 pesos) y hasta 65 mil salarios (4 millones 209 mil 400 pesos), cuando se omita la presentación de avisos o se participe en actos u operaciones prohibidos en términos de uso de dinero en efectivo, entre otros casos; como es el de no guardar la documentación por el plazo mencionado.