Se publican los lineamientos para una nueva declaración. Se trata de la declaración DPIVA o Declaración de Proveedores de IVA, que sustituirá a la DIOT.
La DPIVA tendrá un formato digital de XML. Asimismo, ya se podrá enviar mediante un Prestador de Servicios de Recepción de Documentos Digitales.
En base a lo anterior, destacamos que esto ha sido publicado en el artículo Tercero Transitorio de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015.
A continuación podrá ver lo que indica la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal.
Allí se explica que:
Para los efectos del artículo 32, fracciones V y VIII de la Ley de IVA, los contribuyentes podrán presentar las declaraciones a que hacen referencia las reglas 2.3.3., 2.3.10., 2.8.4.3, 4.1.5. y 4.5.1., correspondientes a los períodos de 2015 y posteriores mediante la forma oficial “Declaraciones de Proveedores IVA” (DPIVA) a través de los prestadores de servicios de recepción de documentos digitales, cumpliendo con las especificaciones técnicas establecidas en el anexo “Tipo de documento digital DPIVA” del anexo 21 de la RMF para 2015, a partir de la fecha que se publique en la página de Internet del SAT.
Por lo que hace a las declaraciones extemporáneas y complementarias y de ejercicios anteriores a 2015, deberán presentarse mediante la forma oficial A-29 “Declaración Informativa de Operaciones con Terceros”.
De esta manera, las que estén ligadas con declaraciones previas de 2015 se harán con la forma anterior, mientras que las presentes serán bajo el formato de DPIVA.
Preguntas Frecuentes sobre DPIVA
¿Es obligatorio adoptar el esquema de proveedor de recepción?
No, se trata únicamente de una alternativa que el SAT proporciona para que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones fiscales. Podrán entonces cumpliendo con sus obligaciones directamente en los servicios del SAT.
¿Qué información se debe recibir del proveedor de recepción una vez que haya realizado el envío del documento digital Declaración de proveedores IVA?
Debe recibir la representación impresa del acuse de recepción o aviso de rechazo, según corresponda, así como el documento XML del acuse.
Si se envían dos documentos digitales Declaración de proveedores IVA de tipo normal, ¿se rechaza alguno o se cancela?
Se reciben ambas declaraciones y se registran en la base de datos si cumplen con las validaciones; se toma como definitiva la última recibida.
¿Alguna Consulta? Con gusto te ayudaremos...