Descargar Fomento al Primer Empleo (FPE 2011)

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) lanzó un nuevo programa para poder presentar la Declaración Informativa del Fomento al Primer Empleo (FPE). Se trata de la versión del programa FPE 2011 V.1.0.0, para elaborar y presentar la Declaración Informativa del Fomento al Primer Empleo.

En este caso, es importante señalar que el instalador carga automáticamente la máquina virtual 1.3.1 de java que requiere, así como el cliente y los accesos necesarios para capturar esta declaración informativa. Quien posea otra versión de la máquina virtual de java, ya sea anterior o más actual, no interfiere en el funcionamiento ya que opera de forma independiente.

Para descargar el programa, haga click en el enlace siguiente:

Si requiere ver el manual de instalación:

Si requiere ver el manual de usuario:

Es importante conocer que, se pide declarar los datos del trabajador, fecha de ingreso, numero de días trabajados y determinar el monto máximo de la deducción adicional aplicable del periodo.

En este sentido, el monto de la deducción sólo será aplicable a trabajadores que perciban hasta 8 veces el salario mínimo general vigente en el área geográfica donde se presten los servicios. El beneficio de la deducción adicional será por 36 meses a partir del momento en que los puestos son creados, aún y cuando el capítulo de Fomento al Primer Empleo ya no se encuentre vigente.

Monto máximo de la deducción adicional será del 40% en el primer año, el cual se disminuirá en un 25% a partir del segundo año de vigencia.

Requisitos para hacernos del derecho a la deducción adicional:

  • Relaciones laborales rijan conforme al apartado A del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
  • Crear puestos nuevos y contratar a trabajadores de primer empleo para ellos
  • Inscribir a los trabajadores ante el IMSS
  • Determinar y enterar al IMSS las cuotas obrero
  • Cumplir con las obligaciones de retención del ISR
  • No tener a su cargo deudas por créditos fiscales con el SAT o IMSS.
  • Presentar ante el SAT un aviso indicando que se ejercerá el beneficio de la deducción adicional
  • Cumplir con las obligaciones de seguridad social que correspondan
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