¿Cómo hacer recibos de honorarios?

Si usted es un trabajador que recibe honorarios, tanto trabajando para una empresa de manera fija así como si es un profesional independiente, tendrá la obligación de expedir recibos de honorarios.

Estos comprobantes que debe entregar a sus clientes serán siempre por el monto que haya cobrado. En todo caso, para evitar que sea una complejidad más y un dolor de cabeza, se recomienda emitir comprobantes fiscales impresos con Código de Barras Bidimensional (CBB).

Claramente, ahora será el turno de guiarlos para poder ver cuál será la secuencia de trámites, siempre cumpliendo con los requisitos que solicite el SAT.

Obtención de sus claves

  • Siempre que quiera emitir recibos de honorarios, deberá preguntar y saber a qué régimen debe inscribirse de acuerdo con las actividades que realizará.
  • Asimismo, tendrá que conocer y tramitar su RFC, Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC) y la Fiel.
  • A continuación, saque una cita en alguna de las oficinas del SAT a través de la página de Internet. Hay algunas oficinas que no atienden sin previa cita.
  • Una vez que esté en las oficinas, pregunte al asesor cuáles son sus obligaciones fiscales. Esto se refiere, por ejemplo, a qué impuestos debe de pagar y cuál es el día del mes en el que le toca hacer su declaración mensual. Pregunte también cuáles son las deducciones a las que tiene derecho.

Solicitud de folios y código de barras

Teniendo claves CIEC y Fiel puedes solicitar la asignación de folios. Así, el SAT le asignará una secuencia numérica para identificar sus recibos.

Para solicitar la aprobación de sus folios debe entrar a la página del SAT al apartado de Información y Servicios, Comprobantes Fiscales, Comprobantes fiscales impresos con código de barras y y luego dé clic en la opción de Servicios.

Elaboración de los recibos

Teniendo en mano los folios y Código de Barras Bidimensional, ya puede imprimir sus facturas en casa con una impresora convencional. Sólo será necesario que elabore un diseño simple que cumpla con la información que pide el SAT.

Pida facturas de todo los conceptos que puede hacer deducibles y lleve un archivo. La organización es muy importante.

Por último, sepa que debe presentar sus declaraciones a tiempo. Las mensuales generalmente deben presentarse a más tardar el día 17; sin embargo, tiene de uno a cinco días más de plazo, según el sexto dígito numérico de su RFC. La declaración anual para personas físicas es en abril.

Composición de los recibos ¿Qué debe incluir mi recibo?

Entre los elementos, los principales serán:

  • Clave RFC del emisor.
  • Régimen fiscal en que tribute.
  • Si se tiene más de un establecimiento, se deberá indicar el domicilio del local en el que se expidan.
  • Lugar y fecha de expedición.
  • RFC de la persona en favor de quien se expida.
  • Cantidad, unidad de medida y clase de los bienes o mercancías o descripción del servicio.
  • Valor unitario consignado en número.
  • Importe total consignado en número o letra.
  • Si el pago se realiza en una sola exhibición o en partes.
  • Cuando proceda, se indicará el monto de los impuestos trasladados desglosados por tasa de impuesto y, en su caso, el monto de los impuestos retenidos.
  • Forma en que se realizó el pago (efectivo, transferencia electrónica, etcétera).
  • Debe incluir el Código de Barras Bidimensional.
  • El número de aprobación de folios.
  • El número de folio.

Junto a todo ello, se adicionan dos leyendas:

  1. “La reproducción apócrifa de este comprobante constituye un delito en los términos de las disposiciones fiscales”.
  2. ”Este comprobante tendrá una vigencia de dos años a partir de la fecha aprobación de la asignación de folios, la cual es: dd/mm/aaaa”.
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