¿Arrendamiento es una actividad vulnerable?

arrendamiento

Al leer la nueva ley anti-lavado, surgen muchas dudas puntuales que son objeto de consultas por diferentes portales de la materia. Una que me ha gustado para descifrar hoy es la que respecta al tema de arrendamiento, y cuándo se lo considera como actividad vulnerable en caso de ser afirmativo este tratamiento.

En este sentido, lo que debemos hacer es leer primero la parte correspondiente indicada en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

El artículo en cuestión es el 17 en su sección XV, que dice:

XV. La constitución de derechos personales de uso o goce de bienes inmuebles por un valor mensual superior al equivalente a un mil seiscientas cinco veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal, al día en que se realice el pago o se cumpla la obligación.

Serán objeto de Aviso ante la Secretaría las actividades anteriores, cuando el monto del acto u operación mensual sea igual o superior al equivalente a tres mil doscientas diez veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal.

Los actos u operaciones que se realicen por montos inferiores a los señalados en las fracciones anteriores no darán lugar a obligación alguna. No obstante, si una persona realiza actos u operaciones por una suma acumulada en un periodo de seis meses que supere los montos establecidos en cada supuesto para la formulación de Avisos, podrá ser considerada como operación sujeta a la obligación de presentar los mismos para los efectos de esta Ley.

¿Es vulnerable un arrendamiento?

Pues entonces, en base a estos 3 párrafos podemos sacar algunas conclusiones simples como que si arrendamiento es de valor superior a 1605 veces salario mínimo mensuales, sería una actividad vulnerable.

Sin embargo, al seguir leyendo, vemos que si las cantidades acumuladas por un periodo de 6 meses superan esos montos, entonces será actividad vulnerable, y tendremos que informar también.

Entonces, a modo de ejemplo, si tenemos un arrendamiento que nos genera una renta mensual (sin IVA) de $ 34,646.50 tendremos que es vulnerable en un lapso de 6 meses.

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