Archivos de la etiqueta: Impuesto sobre la Renta
Publicado por Nicolas Rombiola - 21/05/2012 a las 06:33:49
Como ya hemos explicado anteriormente, el Régimen Intermedio es un régimen opcional, a través del que los contribuyentes tienen la posibilidad de pagar sus impuestos siempre y cuando sean personas físicas que están abocadas al comercio, industria, transporte, actividades agropecuarias, ganaderas, cuando estimen que sus ingresos o ventas no excederán de $4’000,000.00 en el año.
Esta cantidad no se refiere a la utilidad o ganancia, sino a los ingresos brutos, antes de descontar los gastos o las compras.
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Publicado por Nicolas Rombiola - 16/05/2012 a las 09:03:23
Dentro de los diferentes formatos de pago que tienen los contribuyentes, uno de los más controversiales surge cuando ellos tienen establecimientos, sucursales o agencias en dos o más Entidades Federativas. En consecuencia, estarán obligados a efectuar los pagos mensuales a cada Entidad, en la proporción que representen los ingresos obtenidos en dicha Entidad respecto del total de los ingresos.
De esta manera, los pagos realizados a la Entidad Federativa se podrán computar ante los pagos provisionales que corresponda realizar ante el SAT.
Recuerde que si estos pagos son superiores al 5% del ISR, no se realizará el pago provisional del ISR al SAT, por lo que el monto de éste será el que se entere como pago provisional a la Entidad Federativa de que se trate.
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Publicado por Nicolas Rombiola - 09/05/2012 a las 07:55:11
Aquellos contribuyentes que posean establecimientos, sucursales o agencias en dos o más Entidades Federativas, estarán obligados a efectuar los pagos mensuales a cada Entidad, en la proporción que representen los ingresos obtenidos en dicha Entidad respecto del total de los ingresos.
Estos pagos realizados a la Entidad Federativa se podrán acreditar (disminuir) contra los pagos provisionales que corresponda realizar ante el SAT.
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Publicado por Nicolas Rombiola - 07/05/2012 a las 11:14:52

Cada año debemos pagar el ISR a nuestro estado, pero ¿cómo hacemos para calcular el pago que deberá hacerse a las Entidades Federativas?
Aunque parezca engorroso, el trámite no es muy complejo, dado que se debe aplicar la tasa de 5% sobre la utilidad fiscal que se determine con base en los ingresos y las deducciones autorizadas.
Esto debe aplicarse a la hora de poseer establecimientos, sucursales o agencias en dos o más Entidades Federativas. De esta manera, debemos efectuar los pagos mensuales a cada Entidad, en la proporción que representen los ingresos obtenidos en dicha Entidad respecto del total de los ingresos.
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Publicado por Nicolas Rombiola - 03/04/2012 a las 07:31:51

Estamos a poco tiempo de realizar la determinación de ISR 2012, como una de las declaraciones ante el fisco. Al igual que en las mensuales o anuales, debemos realizar un simple cálculo sobre la base imponible, a la cual se le aplica la tarifa de impuestos o tasa.
El ISR 2012 se trata del más complejo para su cálculo y determinación. Para que todos estemos atentos, la Ley de ISR crea al impuesto que grava la renta, y se aplica en cada ejercicio para el cual se deben realizar pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto anual. Esta es una de las leyes federales impositivas de mayor importancia.
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Fecha de publicación: abril 3, 2012
Categorias: Guía Impositiva, Impuestos 2012, ISR
Tags: Etiquetas: Impuesto sobre la Renta, Impuesto sobre la renta 2012, ISR 2012, Renta 2012, Tablas ISR, Tablas ISR 2012, Tarifas ISR, Tarifas ISR 2012
Publicado por Nicolas Rombiola - 30/03/2012 a las 06:00:30

Tal como indica la Ley de ISR, para este año, debemos abonar como cada ejercicio, el ISR 2012. Este impuesto se aplica todos los años, previo a la afectación de pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto anual. Para ello, los constribuyentes deben presentar declaraciones mensuales, y una declaración anual, con fecha posdatada en 3 meses para personas morales y 4 meses para personas físicas, después del cierre del ejercicio fiscal.
Recordamos que las personas físicas deberán únicamente abonar este impuesto si poseen ingresos de:
- Arrendamiento o uso de bienes inmuebles
- Intereses obtenidos
- Dividendos y ganancias repartidos por personas morales
- Salarios percibidos por servicio subordinado
- Actividades profesionales
- Premios obtenidos
- Enajenación de bienes