¿Alguna vez tuvo impedimento para obtener un crédito o soporte para su empresa unipersonal? Siempre hay lugar para otras opciones. Se trata del régimen de pequeños contribuyentes, o mejor llamados Repecos, lo cual garantiza al contribuyente su lugar en el mundo empresarial. Nuestro consejo es que sea un Repecos 2012, si tiene un microemprendimiento y no quiere gastar demasiado en liquidaciones y declaraciones anuales.
Hay que destacar que, cada entidad federativa puede determinar una cuota fija integrada de impuestos federales para los Repecos.
Requisitos para inscribirse como Repecos 2012:
- Ser persona física
- Realizar actividades empresariales
- Vender los bienes o prestar los servicios únicamente al público en general
- Haber tenido ingresos en el año anterior de hasta $2’000,000.00 por estas actividades
- Ingresar a Repecos es opcional, es decir, si sus ingresos no exceden los $2’000,000.00, podrán elegir la opción de tributar en este régimen.
Para obtener los beneficios fiscales, se le reemplazarán por una cuota fija de impuestos federales a cargo de los Repecos, así como la impresión de los recibos de pago, con lo cual el contribuyente sólo tendrá que acudir una vez al año para realizar este trámite.
Con la inscripción al SAT Repecos, tendrá ciertas ventajas y beneficios en obligaciones fiscales tales como no facturar, así como tampoco presentardeclaración anual. Asimismo se incluirán en la exención de obligaciones:
- Registro de ingresos
- Separación de coeficientes de valor agregado
- Declaración informativa anual
- Expedición de notas de venta por operaciones por montos hasta de $100.00
- Exención del IVA para enajenación de locales comerciales
Si inicia actividades y su período inicial es menor a doce meses, para determinar si el año siguiente estará dentro del límite de $2’000,000.00 deberá realizar el siguiente cálculo:
Dividirá los ingresos del año entre el número de días que comprendió dicho período de actividad; después se multiplicará el resultado por 365, y la cantidad que se obtenga deberá compararse contra $2’000,000.00.
Si el resultado es mayor a esta cantidad, no podrán tributar en el Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repecos).