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ISR pagos provisionales


Los pagos provisionales del ISR son, por decirlo de alguna manera, anticipos que uno hace al Fisco, para llegar al pago anual, con menor presión impositiva y financiera.

Los pagos provisionales deben ser realizados mensualmente. Además, se debe presentar a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el pago.

Para calcular el pago provisional del impuesto sobre la renta, se debe hacer lo siguiente:

  • Calcular la utilidad o ganancia: al total de ingresos obtenidos en el periodo, se le deben restar las deducciones o gastos correspondientes al mismo periodo.
  • Al resultado se le debe restar las pérdidas fiscales de años anteriores que no haya disminuido.
  • Obtenido este resultado, se le debe aplicar la tarifa y tabla de los artículos 113 y 114 respectivamente de la Ley del Impuesto sobre la Renta que corresponda según  el periodo de pago.
  • Al monto final, se le debe restar los pagos provisionales realizados con anterioridad en el mismo año, así como las retenciones del impuesto sobre la renta.

Los obligados a presentar pagos provisionales de ISR en el régimen general son las personas físicas que perciban ingresos derivados de la realización de actividades empresariales o por haber prestado servicios profesionales. Asimismo, estarán obligadas las personas físicas que residen en el extranjero y que tienen uno o varios establecimientos permanentes en el país.

Deducciones autorizadas:

  • Devoluciones, descuentos o bonificaciones sobre venta
  • Compra de materia prima, productos semiterminados, o terminados que utilice para prestar servicios, fabricar bienes o para venderlos.
  • Gastos necesarios para ejercer su actividad empresarial
  • Inversiones

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5 Comentarios »

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  1. [...] pagos provisionales son anticipos que los contribuyentes le hacen al Fisco. En concreto, se utilizan para llegar al [...]

    Pingback por Pagos provisionales — julio 15, 2010 #

  2. quero agradecer la informacion ya que para muchos esta es muy baliosa

    Comentario por OFELIA — agosto 27, 2010 #

  3. [...] retenciones ISR aparecen en nuestro mundo diario de transacciones entre empresas o entre personas físicas con [...]

    Pingback por Retenciones ISR — febrero 19, 2011 #

  4. Si es persona física con actividad empresarial, ?¿Entrará como deducción, los sueldos y salarios, para calcular su pago provisional?

    Comentario por lupita — junio 15, 2011 #

  5. hola, soy primerisa en esto de los impuestos y tengo una duda ., para el calculo de mis impuestos isr, ietu mensual con regimen intermedio
    la base para hacer mi calculo es la que sale antes del iva o sea subtotal o tomaria la del gran total, osea con iva….gracias

    Comentario por berry — noviembre 25, 2011 #

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