ISR pagos provisionales
Publicado por Nicolas Rombiola - 10/07/2010 a las 18:26:30
Los pagos provisionales del ISR son, por decirlo de alguna manera, anticipos que uno hace al Fisco, para llegar al pago anual, con menor presión impositiva y financiera.
Los pagos provisionales deben ser realizados mensualmente. Además, se debe presentar a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el pago.
Para calcular el pago provisional del impuesto sobre la renta, se debe hacer lo siguiente:
- Calcular la utilidad o ganancia: al total de ingresos obtenidos en el periodo, se le deben restar las deducciones o gastos correspondientes al mismo periodo.
- Al resultado se le debe restar las pérdidas fiscales de años anteriores que no haya disminuido.
- Obtenido este resultado, se le debe aplicar la tarifa y tabla de los artículos 113 y 114 respectivamente de la Ley del Impuesto sobre la Renta que corresponda según el periodo de pago.
- Al monto final, se le debe restar los pagos provisionales realizados con anterioridad en el mismo año, así como las retenciones del impuesto sobre la renta.
Los obligados a presentar pagos provisionales de ISR en el régimen general son las personas físicas que perciban ingresos derivados de la realización de actividades empresariales o por haber prestado servicios profesionales. Asimismo, estarán obligadas las personas físicas que residen en el extranjero y que tienen uno o varios establecimientos permanentes en el país.
Deducciones autorizadas:
- Devoluciones, descuentos o bonificaciones sobre venta
- Compra de materia prima, productos semiterminados, o terminados que utilice para prestar servicios, fabricar bienes o para venderlos.
- Gastos necesarios para ejercer su actividad empresarial
- Inversiones
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5 Comentarios »
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[...] pagos provisionales son anticipos que los contribuyentes le hacen al Fisco. En concreto, se utilizan para llegar al [...]
Pingback por Pagos provisionales — julio 15, 2010 #
quero agradecer la informacion ya que para muchos esta es muy baliosa
Comentario por OFELIA — agosto 27, 2010 #
[...] retenciones ISR aparecen en nuestro mundo diario de transacciones entre empresas o entre personas físicas con [...]
Pingback por Retenciones ISR — febrero 19, 2011 #
Si es persona física con actividad empresarial, ?¿Entrará como deducción, los sueldos y salarios, para calcular su pago provisional?
Comentario por lupita — junio 15, 2011 #
hola, soy primerisa en esto de los impuestos y tengo una duda ., para el calculo de mis impuestos isr, ietu mensual con regimen intermedio
la base para hacer mi calculo es la que sale antes del iva o sea subtotal o tomaria la del gran total, osea con iva….gracias
Comentario por berry — noviembre 25, 2011 #