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Archivos de la categoría: Impuestos 2011

Tasas de IVA

iva

El IVA -Impuesto al Valor Agregado- posee varias alícuotas o tasas aplicables a distintas actividades comerciales o locaciones y venta de servicios.

Si bien la ley menciona 4 diferentes categorías, en realidad son tres tasas, ya que los productos exentos no poseen tasa.

Las tasas del 16% y 11% (vigentes desde 2010) gravan las siguientes actividades:

  • Enajenación de bienes
  • Prestación de servicios independientes
  • Dación en uso o goce temporal de bienes
  • Importación de bienes o servicios

Cabe mencionar que, para todas aquellas actividades se aplicará la tasa del 16%, a menos que, la operatoria se lleva a cabo en una región fronteriza, donde se aplicará el 11% como tasa.

Asimismo, la tasa del cero 0% se aplica a las siguientes actividades:

Enajenación de:

  • Animales y Vegetales
  • Medicinas de patente
  • Hielo y agua no gaseosa ni compuesta
  • Ixtle, palma y lechuguilla
  • Tractores para accionar implementos agrícolas
  • Fertilizantes, plaguicidas, herbicidas y fungicidas
  • Invernaderos hiropónicos y equipos integrados a ellos para producir temperatura y humedad controladas
  • Oro, joyería, orfebrería, piezas artísticas u ornamentales y lingotes
  • Libros, periódicos y revistas

Prestación de servicios independientes:

  • Directamente a los agricultores y ganaderos
  • De molienda o trituración de maíz o de trigo
  • De pasteurización de leche
  • En invernaderos hidropónicos
  • Despepite de algodón en rama
  • Sacrificio de ganado y aves de corral
  • Reaseguro.
  • Suministro de agua para uso doméstico

Por otra parte, muchos artículos se encuentran exentos. La idea de este post no era abundar en detalle sino diferenciar correctamente las tasas aplicables según los casos. No obstante, estaremos ampliando en materia impositiva y acerca del IVA.

Si desea aprender más sobre el IVA, es importante que vea el siguiente video:

Fuente: Ley de Impuesto al Valor Agregado

Dictamen Fiscal

Los contadores públicos poseen un registro para la dictaminación de estados financieros a efectos fiscales, que se trata de un sistema utilizado como un instrumento de fiscalización indirecto.

Ventajas del Dictamen Fiscal son:

  1. Para el Fisco: medio indirecto de fiscalización.
  2. Para los Contadores Públicos: aumento de las membresías de las instituciones profesionales.
  3. Para el Contribuyente: seguridad fiscal.

¿Quiénes están obligadas a presentar el Dictamen Fiscal? Todas aquellas personas físicas con actividad empresarial y las personas morales que:

  • en el ejercicio anterior hayan obtenido ingresos superiores a $34,803,950.00.
  • el valor de su activo según la Ley del Impuesto al Activo sea superior a $69,607,920.00.
  • por lo menos 300 de sus trabajadores les hayan prestado servicios
  • estén autorizadas para recibir donativos deducibles
  • se fusionen

Asimismo, deberán presentarla las entidades de la Administración Pública Federal a que se refiere la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y las que formen parte de la Administración Pública Estatal o Municipal.

Recordamos que, el dictamen fiscal correspondiente al ejercicio fiscal 2010 se presenta a más tardar el 30 de junio del 2011, siguiendo los vencimientos de acuerdo a la terminación del RFC:

  • De la A a la F del 15 al 20 de junio de 2011
  • De la G a la O del 21 al 26 de junio de 2011
  • De la P a la Z y & del 27 al 30 de junio de 2011

SIPRED SAT

Para poder agilizar la presentación del dictamen fiscal, el SIPRED es un programa diseñado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) que ayuda a los contribuyentes a través de Internet. Fue creado para poder facilitar el cumplimiento oportuno de las obligaciones fiscales.

Algunos de los beneficios de utilizar SIPRED son:

  • Facilidad en el llenado del dictamen fiscal a través del programa SIPRED
  • Seguridad, rapidez y oportunidad en la presentación del dictamen fiscal
  • Cómodo y confiable para la presentación del dictamen fiscal

Recordamos que, si usted dictamina sus estados financieros para efectos fiscales o es Contador Público Registrado, el dictamen fiscal correspondiente al ejercicio fiscal 2010 se presenta a más tardar el 30 de junio del 2011, siguiendo los vencimientos de acuerdo a la terminación del RFC:

  • De la A a la F del 15 al 20 de junio de 2011
  • De la G a la O del 21 al 26 de junio de 2011
  • De la P a la Z y & del 27 al 30 de junio de 2011

Requisitos para presentar el dictamen por Internet:

  • Tener una cuenta de acceso a este servicio a través de un Proveedor de Servicios de Internet (PSI), contar con correo electrónico (e-mail) y una PC compatible con Windows 7,  XP o Windows Vista en idioma inglés o español.
  • Contar con su certificado de firma electrónica avanzada (Fiel). Recuerde que el certificado digital tiene una vigencia máxima de dos años, verifique su vigencia, si estuviera próximo a vencerse le recomendamos que lo renueve en línea.

Para descargar el SIPRED, podrá hacerlo en los siguientes enlaces:

SIPRED 2010

El SIPRED es un programa diseñado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para la presentación de los dictámenes fiscales a través de Internet. Fue creado para poder facilitar el cumplimiento oportuno de las obligaciones fiscales.

Beneficios de utilizar SIPRED

  • Facilidad en el llenado del dictamen fiscal a través del programa SIPRED
  • Seguridad, rapidez y oportunidad en la presentación del dictamen fiscal
  • Cómodo y confiable para la presentación del dictamen fiscal

Durante este año, si usted dictamina sus estados financieros para efectos fiscales o es Contador Público Registrado, le recordamos que el dictamen fiscal, correspondiente al ejercicio fiscal 2010, se presenta a más tardar el 30 de junio del 2011.  

Letras del RFC para fechas de envío:

  • De la A a la F del 15 al 20 de junio de 2011
  • De la G a la O del 21 al 26 de junio de 2011
  • De la P a la Z y & del 27 al 30 de junio de 2011

En caso de sociedades controladoras que consoliden su resultado fiscal, deberán enviar el dictamen fiscal a más tardar el 11 de julio de 2011.

Recuerde que para poder cumplir con esta obligación debe contar con la Firma Electrónica Avanzada.

Pasos a seguir para enviar por Internet el dictamen fiscal:

  • Obtenga su Firma Electrónica Avanzada (Fiel).
  • Descargue el ejecutable que contiene el  programa de captura del dictamen fiscal (Sipred), instálelo y capture su información.

Tarifa ISR

Estamos terminando la declaración anual del ISR correspondiente al año 2010. Para que todos estemos atentos, la Ley de ISR, aquella que crea al impuesto que grava la renta, se aplica en cada ejercicio para el cual se deben realizar pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto anual. Esta es una de las leyes federales impositivas de mayor importancia.

Es destacable que, existe la obligación de hacer declaraciones mensuales, y una declaración anual. Esta última, con fecha posdatada en 3 meses para personas morales y 4 meses para personas físicas, tras el cierre del ejercicio fiscal.

Ddeberán únicamente abonar este impuesto si se poseen ingresos de:

  • Dividendos y ganancias repartidos por personas morales
  • Actividades profesionales
  • Premios obtenidos
  • Enajenación de bienes
  • Salarios percibidos por servicio subordinado
  • Arrendamiento o uso de bienes inmuebles
  • Intereses

Tarifas aplicables

En vista a poder calcular el ISR, debemos saber que la tasa varía dependiendo del límite inferior en que se ubique la base imponible. Para ello, se debe utilizar un tarifario para poder saber cuánto debemos pagar.

Es por esta razón que, presentamos las tarifas del ISR para 2011 a continuación:

Tarifas ISR 2011 para el cálculo de los pagos provisionales mensuales

Límite InferiorLímite SuperiorCuota FijaPorcentaje aplicable sobre excedente límite inferior
0,01490,070,001.92%
496,084.210,419,526,40%
4.210,427.399,42247,2310,88%
7.399,438.601,50594,2416,00%
8.601,5110.298,35786,5517,92%
10.298,3620.770,291.090,6221,36%
20.770,3032.736,833.327,4223,52%
32.736,84En adelante6.141,9530.00%

Tarifa del subsidio para el empleo 2011

Desde ingresos de:Hasta ingresos de:Cantidad de subsidio para el empleo mensual
0,011.768,96407,02
1.768,972.653,38406,83
2.653,393.472,84406,62
3.472,853.537,87392,77
3.537,884.446,15382,46
4.446,164.717,18354,23
4.717,195.335,42324,87
5.335,436.224,67294,63
6.224,687.113,90253,54
7.113,917.382,33217,61
7.382,34En adelante0,00

Condonacion de recargos DF 2011

Según se informó en el día de hoy, el impuesto Predial, suministro de agua, tenencia y compra de inmuebles podrán pagarse sin recargos. Esto será a partir del plan que inicia el 1 de junio, a través del cual el Gobierno capitalino planea recaudar 500 millones de pesos.

Por medio de rueda de prensa, se dio a conocer que a partir del 1 de junio hasta el 31 de agosto próximos todos los contribuyentes tendrán la posibilidad de ponerse al día con sus adeudos en:

  • Predial
  • Suministro de agua
  • Tenencia local
  • Compra de inmuebles
  • Espectáculos públicos
  • Servicios de hospedaje
  • Loterías, rifas, sorteos y concursos

Este programa apoyará a casi 300,000 familias capitalinas, las cuales podrán inscribirse en él acudiendo a las oficinas de las administraciones tributarias de la Tesorería y a las del Sistema de Aguas de la Ciudad de México para hacer efectivo este beneficio.

Tras la lenta recuperación económica de la crisis financiera de los últimos años, el Gobierno del Distrito Federal permitirá que sus contribuyentes puedan regularizarse durante esos 100 días en el pago de sus adeudos.

Se buscará, entonces, incentivar la contribución de impuestos apoyando a los hogares de más bajos recursos. El programa tendrá carácter universal y beneficiará mayoritariamente a la población vulnerable,  pero cualquier capitalino podrá acudir a regularizar sus adeudos.

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