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Buenas tardes.

Tengo otras dudas respecto a las Facturas para pago en parcialidades:

Entiendo que se hace una Factura por el Total de la operación, indicando que se pagará en "X" parcialidades y una duda es: ¿Se tiene que hacer otra Factura además por la primer parcialidad, o sólo se hacen otras facturas a partir de la segunda parcialidad?

Mi otra duda es: ¿La factura del total lleva el IVA Total y las facturas parciales, deben llevar el IVA de acuerdo a la cantidad parcial?

Gracias de antemano por su respuesta.

Arturo Andrade



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Arturo,

Ya no es obligatorio emitir CFDs por cada pago parcial que se realiza, de acuerdo a la Reforma Fiscal emitida el 28 de Diciembre del año pasado:

"Opción para no expedir comprobantes fiscales por las parcialidades I.2.7.1.13. Para los efectos del artículo 29-A, fracción VII, inciso b) del CFF, cuando el pago de la contraprestación respectiva se efectúe en parcialidades, los contribuyentes podrán optar por emitir un sólo comprobante fiscal en donde señalen expresamente tal situación, mismo que además deberá contener el valor total de la operación de que se trate, el monto de los impuestos retenidos, así como de los impuestos trasladados, desglosando cada una de las tasas del impuesto correspondiente, con las excepciones precisadas en el artículo 29-A, fracción VII, inciso a), segundo párrafo del propio CFF. CFF 29-A"

Saludos

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Buenos días.

Tengo la siguiente duda respecto a la emisión de CFDI versión 3.3. En el mes de mayo se realizó la compra de un activo fijo, del cual ya conocíamos previamente las condiciones, costo total, medio de pago y tiempo de entrega. El proveedor solicita que se le haga un pago parcial por el 50% del equipo en el mismo mes de mayo, por lo cual emite una factura por el total de la operación indicando como forma de pago 03 y método de pago PPD, asimismo emite un complemento de pago por 50% recibido, haciendo referencia al CFDI del total de la operación.

Mi duda es, ¿el tratamiento que se dio a esta operación es correcta? De ser así me podrían explicar el fundamento legal?

Agradezco de antemano su atención.

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